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HOTTON SA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

HOTTON S.A. demandó por daños y perjuicios por interrupción del suministro eléctrico en su hotel. El Juzgado admitió parcialmente la demanda, condenó a EDESUR a pagar $90.000 por daño material, rechazó el daño punitivo y puso costas a la demandada, fundando la decisión en la acreditación de la interrupción, la culpa de la distribuidora y la inexistencia de relación de consumo.

Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Costas Cuantificacion indemnizatoria Fuerza mayor Hoteleria Suministro electrico Enre Multa administrativa Ley 24.240


¿Quién es el actor?

HOTTON S.A. (titular del Hotel Kenton Palace, hotel cuatro estrellas).

¿A quién se demanda?

Empresa Distribuidora Sur S.A. (EDESUR).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios por la interrupción del suministro eléctrico ocurrida los días 7–9 de septiembre de 2017 (reclamo por $138.459,25 más intereses; entre otros rubros multa ENRE, gastos de combustible, costo laboral, daño al prestigio y multa civil del art. 52 bis LDC).

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a EDESUR a pagar a HOTTON S.A. la suma de $90.000 por daño material, con intereses desde el 07/09/2017; se rechazó la pretensión de daño punitivo (art. 52 bis LDC) y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En tales condiciones, cabe tener por acreditado que entre los días 7 y 8 de septiembre de 2017 el suministro de energía eléctrica del inmueble de la actora se interrumpió en dos oportunidades que totalizaron más de catorce horas; que la falla obedeció a una avería en la red de distribución a cargo de la accionada; que durante esas jornadas el establecimiento debió funcionar abastecido por su propio grupo electrógeno y en condiciones de anormalidad; y que la demandada no brindó una respuesta adecuada y oportuna a los reclamos que se le formularon." "El art. 1° de la Ley de Defensa del Consumidor define como consumidor o usuario a la persona humana o jurídica que adquiere o utiliza bienes o servicios como destinatario final... HOTTON S.A. ... la energía eléctrica que adquiere de la accionada ... constituye un insumo esencial que incorpora a la prestación que comercializa a sus huéspedes. No se configura, por ende, una relación de consumo, y el estatuto protectorio de la ley 24.240 resulta ajeno a la contienda." "estimo prudente fijar la indemnización correspondiente al daño material en la suma total de $90.000 (art. 165 del CPCC)."
- Disidencias: no constan votos en disidencia en el pronunciamiento.

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