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A., A. A. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

El afiliado A. A. A. promovió acción de amparo contra OSDE para obtener cobertura integral de medicamentos y atención en el Hospital Italiano. El Juzgado Civil y Comercial Federal n.º 6 hizo lugar parcialmente al amparo y condenó a OSDE a cubrir al 100% la medicación Tafamidis según indicación médica, rechazando el resto de los pedidos, con costas a la demandada.

Medida cautelar Salud Amparo Cuerpo medico forense Obras sociales Programa medico obligatorio Osde Tafamidis Cobertura al 100% Amiloidosis cardiaca transtirretina


¿Quién es el actor?

A. A. A. (afiliado).

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE).
- Objeto de la demanda: Se solicitó medida cautelar y amparo para que OSDE brinde cobertura integral (100%) de la medicación Tafamidis 61 mg (Vyndamax), Gastromax y otros medicamentos, y continuidad de atención médica en el Hospital Italiano de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la acción de amparo; OSDE fue condenada a otorgar la cobertura continua e ininterrumpida del 100% de la medicación Tafamidis según indicación de la médica tratante y continuar con su entrega; se rechazó la acción respecto de Gastromax, los demás medicamentos reclamados y la continuidad de la atención en el Hospital Italiano. Se regularon honorarios a favor de la letrada de la actora (20 UMAS) y se impusieron costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En la especie, la médica tratante de la actora prescribió la medicación que aquí solicita, dados sus antecedentes de salud. En este punto, no puede perderse de vista que debe estarse a la indicación del médico tratante, pues es quien tiene conocimiento acabado de la historia clínica del paciente y quien en mejores condiciones se encuentra de decidir el tratamiento adecuado para aquél (conf. constancias médicas presentadas en el inicio). Además, la accionada no rebatió con sustento científico la indicación efectuada por el profesional tratante (art. 377 del CPCCN)." "Cabe agregar que del informe del Cuerpo Médico Forense surge que el amparista es '…un paciente de 73 años de sexo masculino, el Sr. Agustín Amaro ALVAREZ, con antecedentes de diabetes, ex-tabaquismo, hipertensión arterial, dislipemia, cirugía de revascularización miocárdica y reemplazo valvular aórtico biológico en enero de 2024, implante de marcapasos en julio 2024, insuficiencia cardiaca y diagnóstico en agosto de 2024 de miocardiopatía infiltrativa con hipertrofia ventricular concéntrica con función sistólica conservada compatible con amiloidosis cardiaca transtirretina tipo wild type. Estadio Ib de la NAC ( NTproBNP 810 pg/ml, clearance de creatinina >45 ml/min/m2). clase funcional II (dos) por NYHA y test de caminata de 6 minutos. Actualmente en tratamiento con ácido acetilsalicílico, valsartan, rosuvastatina, ezetimibe, cilostazol, ácido tióctico, insulina y dapagliflozina. Se encuentra en seguimiento por la Dra. Parodi Josefina quien prescribe Tafamidis 61 mg como tratamiento para la amiloidosis cardiaca transtiretina. Con respecto a la seguridad, el tafamidis ha demostrado ser seguro en estudios clínicos y en la práctica clínica. Los efectos adversos más comunes incluyen fatiga, dolor abdominal y diarrea. Sin embargo, estos efectos son generalmente leves. Con respecto a la eficacia, reduce la progresión de la amiloidosis por transtiretina (ATTR) previene el plegamiento incorrecto de la transtiretina, lo que reduce la deposición de amiloide nuevo. En cuanto al beneficio clínico: Redujo la tasa de mortalidad, hospitalizaciones relacionadas con enfermedades cardiovasculares con mejoría de la calidad de vida de los pacientes y una mayor supervivencia en comparación con aquellos que no reciben el tratamiento. En síntesis la indicación de tafamidis 61 mg, resulta adecuada y apropiada para el diagnóstico de amiloidosis cardiaca por transtiretina…'" "Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el Cuerpo Médico Forense y el Sr. Fiscal Federal, FALLO: 1.
- Haciendo lugar parcialmente a la acción de amparo incoada por el Sr. A. A. A.; en consecuencia, condeno a la Obra Social de Servicios Directos Empresarios (OSDE) a otorgarle la cobertura continua e ininterrumpida del 100% de la medicación TAFAMIDIS –de acuerdo a las indicaciones dadas por su médica tratante
- y continuar en lo sucesivo con la entrega de la misma, con costas a cargo de la accionada (conf. art. 14 de la ley 16.986). Rechazando la acción respecto de la cobertura de la medicación Gastromax y demás medicamentos indicados en el incio, y de la continuidad de la atención médica en el Hospital Italiano de Buenos Aires solicitada."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el bloque resolutorio.

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