ARAUCO ARGENTINA SA (TF 142562523-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Arauco Argentina SA reclamó la devolución de derechos de exportación abonados por permiso de embarque bajo el decreto 793/18. La Cámara hizo lugar al reclamo, declaró inconstitucional el artículo 1° del decreto 793/18 respecto del periodo previo al 13/12/2018 y ordenó la devolución en pesos con intereses del art. 811 del Código Aduanero, rechazando la impugnación de la tasa prevista en la resolución ME 559/22.
¿Quién es el actor?
ARAUCO ARGENTINA SA (TF 142562523-A).
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA) / AFIP.
- Objeto de la demanda: devolución de sumas abonadas en concepto de derechos de exportación establecidos por el artículo 1° del decreto 793/18 respecto del permiso de embarque 18052EC01010058J, más intereses; impugnación de la tasa de interés prevista en la resolución ME 559/22.
¿Qué se resolvió?
Se admitieron los agravios de la actora, se revocó la resolución apelada y se declaró la inconstitucionalidad del derecho de exportación establecido en el artículo 1° del decreto 793/18 por el período entre su entrada en vigor y la vigencia de la ley 27.467 (13/12/2018). En consecuencia, se ordenó la devolución del importe abonado en pesos por tal concepto respecto de la destinación de exportación involucrada, más los intereses previstos en el artículo 811 del Código Aduanero. Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad del artículo 4º de la resolución ME 559/22 respecto de la tasa de interés aplicable. Las costas de ambas instancias se imponen al demandado vencido.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En esos términos, corresponde admitir los agravios de la parte actora, revocar la resolución apelada y declarar la inconstitucionalidad del derecho de exportación establecido en el artículo 1° del decreto 793/18 (BO 4/9/18) por el período comprendido entre su fecha de entrada en vigor y hasta la entrada en vigencia de la ley 27.467 (el 13/12/18, cfr. esta Sala causa 16465/24 'Syngenta Agro SA', sent. del 14/11/24, consid. 5° y sus citas), que otorgó rango legal a su contenido."
"Por consiguiente, se hace lugar a la devolución del importe abonado en pesos por tal concepto con relación a la destinación de exportación involucrada en esta actuación (cuyo momento imponible es anterior al 13/12/18, v. pp. 117-120, exte. cit.); más los intereses previstos en el artículo 811 del Código Aduanero. ASÍ SE RESUELVE."
"En cuanto a la tasa de interés aplicable, se remite a lo dicho por esta Sala en la causa 63190/19 'Industrial and Commercial Bank of China c/ AFIP – DGI s/ DGI', sentencia del 7/11/23 (esp. consid. 16), y se hacen propios los argumentos del dictamen fiscal (punto 5), que conducen a rechazar el planteo de inconstitucionalidad del artículo 4º de la resolución ME 559/22. ASÍ TAMBIÉN SE RESUELVE."
"Que, dado el modo en que se decide, las costas de ambas instancias se imponen al demandado vencido (arg. arts. 1163 y 1182 del CA; y arts. 68, primer párrafo, y 279 del CPCCN). ASÍ TAMBIÉN SE RESUELVE."
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia en el texto remitido; la resolución fue adoptada por la Sala en los términos expresados.
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