TONIN MONZON, ADOLFO c/ REQUE TERAN ORDOÑEZ, LUIS ANTONIO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Accidente de tránsito entre monopatín y automóvil y reclamo por daños y perjuicios. La Cámara revocó la sentencia de grado, hizo lugar a la demanda y condenó a Reque Terán Ordóñez y a Caja de Seguros S.A. a pagar indemnizaciones por incapacidad, daño moral, gastos médicos y otros rubros por los montos fijados.
¿Quién es el actor?
Adolfo Tonin Monzón.
¿A quién se demanda?
Luis Antonio Reque Terán Ordóñez; citada en garantía: Caja de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 30/09/2021 entre un monopatín eléctrico y un automóvil (Chevrolet Astra dominio HUY-059), con reclamos por incapacidad sobreviniente, tratamiento psicológico, gastos médicos, daño moral, daño material, privación de uso, entre otros.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y hizo lugar a la demanda. Condenó a Reque Terán Ordóñez a abonar a Tonin Monzón: $1.800.000 (incapacidad sobreviniente); $120.000 (tratamiento psicológico); $222.000 (gastos médicos, farmacia y traslados); $600.000 (daño moral); $68.200 (daño material); $100.000 (privación de uso). Rechazó los rubros gastos futuros, valor de reventa y daño al proyecto de vida. Extendió la condena a Caja de Seguros S.A. en los términos del art. 118 ley 17.418. Impuso las costas al demandado y a la aseguradora. Fijó intereses (tasa pura 8% anual desde la fecha del hecho hasta el pronunciamiento; luego tasa activa cartera general; con distinción temporal para ciertos rubros).
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
“De la detenida lectura de la misma se desprende que el propio asegurado, Luis Antonio Reque Terán Ordoñez, reconoció la existencia del hecho en oportunidad en que efectuó la denuncia ante su aseguradora... ‘FORMA DE OCURRENCIA: EL ASEGURADO CIRCULABA POR LA AV. BELGRANO. CUANDO ESTA GIRANDO A LA IZQUIERDA, UN CICLISTA QUE CIRCULABA EN MONOPATIN ELECTRICO, CHOCA AL ASEGURADO EN EL LATERAL TRASERO IZQUIERDO. EL CICLISTA CAE AL PISO SE LEVANTO POR SUS PROPIOS MEDIOS Y NO PRESENTABA LESIONES VISIBLES.’”
“Asimismo, se acompañaron ... constancias médicas ... se prueba que efectivamente el actor se presentó en el nosocomio indicado el día 30 de septiembre del año 2021 a las 9:41 hs ... Allí fue diagnosticado con policontusiones.”
“También, se expidieron los peritos psicólogo ... y médico ... quienes informaron vinculación entre los perjuicios que padece y el suceso relatado por el accionante.”
“Es por ello, que tengo por acreditado que el día 30 de septiembre de 2021... se produjo un accidente en el que intervinieron ambas partes (art. 386, CPCC).”
“Por las razones expuestas, propicio al Acuerdo revocar la sentencia de grado, admitir la demanda incoada y condenar a Reque Teran Ordoñez Luis Antonio y a ‘CAJA DE SEGUROS SA’ ... a abonar al señor Adolfo Tonin Monzon la indemnización que se detallará en los apartados subsiguientes...”
Sobre incapacidad y cuantificación: “...la perita médica ... determinó que el aludido ‘presenta una incapacidad física parcial y permanente del 1,9%...’”; y la Cámara fijó “$1.800.000” por incapacidad sobreviniente.
Sobre tratamiento psicológico: “La experta indicó ... ‘presenta un padecimiento moderado susceptible de tratamiento psicoterapéutico ... duración aproximada ... entre 6 a 8 meses, considerando el valor de la sesión en $5000’”, y la Cámara fijó $120.000 por tratamiento psicológico.
Intereses: “...propicio al Acuerdo disponer que los intereses de todos los ítems que integran la condena se computen según una tasa pura del 8% anual desde la fecha del suceso dañoso hasta el presente pronunciamiento y, de allí en adelante, conforme la tasa activa cartera general...”
- Disidencia: No existe disidencia; decisión por unanimidad.
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