Logo

INCIDENTE DE APELACIÓN EN AUTOS S. L, C. J Y OTROS SOBRE 96 - LESIONES EN RIÑA SIN PREVISION EN EL CODIGO - Número: INC227824/2025-1

La Fiscalía de Cámara interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la decisión que rechazó in limine su apelación respecto de una orden de remisión de legajos. La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal declaró formalmente inadmisible el recurso por falta de requisitos constitucionales.

1. recurso de inconstitucionalidad 2. sentencia definitiva 3. admisibilidad recursiva 4. control jurisdiccional 5. principio acusatorio 6. ministerio publico fiscal 7. legajos de investigacion 8. gravedad institucional 9. cuestion constitucional 10. arbitrariedad de sentencia

Quién demanda: Fiscalía de Cámara

¿A quién se demanda?

Juzgado de Grado (Jueza Andrade) / Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La Fiscalía impugnó mediante recurso de inconstitucionalidad la resolución que rechazó in limine su recurso de apelación contra una orden de la jueza de grado que le requería la remisión de legajos de personas detenidas durante su turno para ejercer control jurisdiccional.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró formalmente inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Fiscalía de Cámara. Fundamentos principales de la decisión: "En el presente caso, la decisión emanada de esta Sala, en su carácter de superior tribunal de la causa, no es una sentencia definitiva, pues no resuelve condenar ni absolver al aquí imputado, ni tampoco resulta equiparable a ella, pues no pone fin al proceso, no impide su continuación, ni el ejercicio de la acción por parte del MPF, a la vez que tampoco le genera un gravamen de imposible reparación ulterior." El tribunal destacó que "la disposición cuestionada en la instancia de grado se limita a requerir la remisión del legajo con el objeto de cumplir con la norma que ordena al fiscal a darle aviso al juez de una detención, lo que no constituye, en sí mismo, una decisión de mérito, ni define en forma alguna los derechos o pretensiones procesales de las partes." Asimismo, aclaró: "En dicha línea de pensamiento, al confrontar la pieza bajo análisis se advierte a todas luces que el recurrente no logra presentar un caso constitucional con entidad suficiente para habilitar la excepcional intervención del TSJ CABA, pues la mayoría de sus observaciones en realidad se dirigen a cuestionar el mérito o la conveniencia de un temperamento adoptado por la jueza de grado, en un soporte comunicacional arbitrado con las partes durante el trámite inicial del caso." El tribunal también señaló que "la fiscalía de cámara describe una visión distinta sobre esos extremos, es decir que, en definitiva, sus apreciaciones comportan meras discrepancias con el criterio sentado y fundamentado por este tribunal que, en tales condiciones, no alcanzan para configurar un caso de arbitrariedad de sentencia." Finalmente, respecto de la gravedad institucional alegada: "la mera alusión a la relevancia que, según la parte, denotaría la cuestión aquí debatida no alcanza para configurar un supuesto de las excepcionales aristas recién mencionadas; tampoco la gravedad institucional consiste en la reiteración de la misma cuestión en otros legajos."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar