INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS FERNANDEZ LUGLI, LAURA NORA SOBRE 183 1er párr. - DAÑOS
La imputada Laura Fernández Lugli interpuso recurso de apelación contra el auto que diferió el tratamiento de una excepción procesal. La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal rechazó in limine el recurso al considerar que el auto no es expresamente apelable y no genera perjuicio irreparable que habilite la vía recursiva.
Quién demanda: Laura Nora Fernández Lugli (imputada), asistida por su defensor particular Dr. Alejandro Gustavo Spezzi Contra quién: Recurso contra el auto dictado por el juez Juan Manuel Neumann
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se apela el auto que diferió el tratamiento de una excepción procesal (art. 208, inc. C, CPPCABA) para momento posterior
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó in limine el recurso de apelación interpuesto Fundamentos principales: "Ello así por cuanto, en primer lugar, no se trata de un auto declarado expresamente apelable. En segundo término, porque dicho decreto es de exclusivo resorte jurisdiccional y en modo alguno puede generar a la impugnante un perjuicio de imposible, insuficiente o tardía reparación ulterior, que habilite la vía procesal escogida (conf. art. 292 de la ley ritual), pese a las razones esgrimidas." "Nótese que no se trata de un rechazo de la excepción planteada, sino de establecer su tratamiento conforme lo estipula la normativa procesal. En rigor, se trata del diferimiento de su consideración para el momento procesal oportuno, de conformidad con lo previsto en el art. 210 del CPPCABA, pues, más allá de las oportunidades y límite temporal referidos en el art. 208 del citado cuerpo normativo, las excepciones 'se sustanciarán y resolverán' en los hitos previstos en el primer artículo nombrado, sin perjuicio de continuarse la investigación preparatoria." "En concreto, en el caso no ha recaído ningún decisorio (adverso) que pudiera eventualmente dar lugar a una revisión como la que aquí se pretende, contando la defensa con la posibilidad de concurrir a la alzada a hacer valer la totalidad de los agravios que pudiere causarle un eventual pronunciamiento que resulte contrario a sus pretensiones."
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