Logo

PABLO RODRIGO RIOS, NN SOBRE 90 - PORTAR ARMAS NO CONVENCIONALES EN LA VÍA PUBLICA, SIN CAUSA QUE LO JUSTIFIQUE (ART. 85 SEGÚN LEY 1472)

El Ministerio Público Fiscal apeló la declaración de nulidad de una requisa y secuestro de un arma no convencional realizada sin orden judicial previa. La Cámara de Casación y Apelaciones revocó por mayoría la decisión de primera instancia, considerando que el juez había dictado la nulidad sin analizar la totalidad de las actuaciones policiales, basándose solo en un correo electrónico incompleto.

1. nulidad de requisa y secuestro 2. medidas precautorias 3. control judicial de actos policiales 4. procedimiento contravencional 5. flagrancia 6. garantias constitucionales 7.

Actor: Ministerio Público Fiscal (recurrente en apelación) Demandado: Pablo Rodrigo Ríos (imputado); Juzgado de Primera Instancia PCyF nro. 10 Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la decisión que declaró la nulidad de la requisa y secuestro de un arma blanca realizado el 28 de diciembre de 2025.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría (Dres. Marum y Rolero Santurian), se revocó la decisión de primera instancia que había anulado la requisa y el secuestro. Se rechazó asimismo la solicitud de apartamiento del juez de grado. El Dr. Vázquez votó en disidencia, propugnando confirmar la nulidad declarada. Fundamentos principales de la decisión (voto mayoritario): Los jueces Marum y Rolero Santurian sostuvieron que si bien reconocen la facultad del juez de realizar control de las medidas precautorias conforme al art. 22 de la Ley de Procedimiento Contravencional (LPC) y la posibilidad de declarar nulidades de oficio, en este caso el magistrado de grado cometió un error procesal fundamental: "En tal sentido, es menester destacar que tanto de la compulsa del legajo como -específicamente
- de la lectura de la resolución impugnada se advierte que el aquo declaró la nulidad del procedimiento teniendo en cuenta únicamente la denuncia remitida por el personal de la Oficina Central Receptora de Denuncias (en adelante OCDR) del Ministerio Púbico Fiscal, a través de un correo electrónico, en el que se volcó cierta información acerca de la requisa y el secuestro practicados en autos, más no tuvo a la vista siquiera las actuaciones de prevención, circunstancia que, por si sola, determina su revocación." Subrayaron que "un correo electrónico como el mencionado no contiene los elementos necesarios e imprescindibles que permitan arribar a una decisión, de las características apuntadas, que se encuentre debidamente fundada" y enfatizaron que la toma de una decisión como la allí cuestionada "requería, al menos, del análisis de la totalidad de las actuaciones labradas por el personal policial." Asimismo, indicaron que el juez podría haber solicitado al fiscal la remisión de las actuaciones completas antes de resolver: "A la vez, cabe remarcar que sí, tras la comunicación por correo electrónico de la medida en cuestión, el juez consideraba que aquella no había sido correctamente adoptada, nada le impedía solicitarle, específicamente, a la fiscalía la remisión de las actuaciones labradas en este caso concreto y, una vez recibidas si, efectivamente, verificaba la existencia de una nulidad, proceder en consecuencia." Voto en disidencia (Dr. Vázquez): El Dr. Marcelo Pablo Vázquez propuso confirmar la resolución de primera instancia. Consideró que el juez de grado tuvo suficientes elementos del correo electrónico de la OCRD para verificar que no existía flagrancia que justificara el accionar policial: "Así, el documento antes consignado no evidencia que haya existido -siquiera mínimamente
- una situación de flagrancia que habilitara el accionar policial, en tanto no resultaba exteriormente reconocible, de manera clara, la comisión de delito o contravención alguna, ni ninguna otra razón que ameritara la detención." Argumentó que la decisión de primera instancia superaba el test de razonabilidad y que el fiscal hubiera podido evitar esta situación remitiendo mayor información al juez: "En el presente caso el fiscal pudo haber evitado una decisión como la que ahora aduce que afectó los intereses que representa, si le hubiera remitido al juez toda la información con la que contaba y que a su criterio sostenía la validez del procedimiento que convalidó."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar