INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS MAIER, KIRIANO ARIEL SOBRE 183 – DAÑOS
El Fiscal de Cámara impugnó por inconstitucionalidad la decisión que rechazó su recurso de apelación contra la orden de remitir el legajo de investigación para fijar audiencia de suspensión del proceso a prueba. La Cámara declaró inadmisible el recurso por mayoría, considerando que no se acreditó una cuestión constitucional genuina, mientras que en disidencia parcial, el Dr. Rolero Santurian propuso admitirlo por afectación al sistema acusatorio.
Actor/Recurrente: Fiscal de Cámara Sur (con adhesión del Defensor de Cámara) Demandado/Contrario: Tribunal (Sala I de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas) Objeto del recurso: Impugnación de la resolución de 26 de septiembre de 2025, dictada por la Cámara, que rechazó in limine el recurso de apelación del Fiscal de grado contra la orden del Juzgado de Primera Instancia (6 de agosto de 2025) de remitir la totalidad del legajo de investigación como requisito previo a la fijación de la audiencia del artículo 218 del CPPCABA (suspensión del proceso a prueba).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Cámara declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad, desestimando los agravios del Fiscal y del Defensor en cuanto a vulneración de los principios acusatorio, republicano de fundamentación de actos de poder, legalidad, doble instancia, debido proceso e imparcialidad del juzgador.
Fundamentos principales de la decisión (mayoría
- Dres. Marum y Vázquez):
"En efecto, y si bien el Sr. Fiscal de Cámara, así como el Dr. Cappuccio, hacen mención y analizan diversos principios y garantías constitucionales que se verían afectados por el temperamento adoptado por la mayoría de esta Sala (...) sus argumentos sólo constituyen una invocación en abstracto de principios y garantías, lo que en definitiva implica una disconformidad con la decisión mayoritaria de esta Sala, para finalmente proponerle al Tribunal Superior una interpretación diferente, sobre una circunstancia procesal que, por regla, resulta ajena a cualquier instancia extraordinaria, local o federal."
"(...) se advierte que, en el caso, detrás de la enunciación de aquellos se esconde una mera discrepancia del recurrente con la decisión dictada por esta Sala."
Asimismo señalaron: "las cuestiones relativas a la interpretación de normas infraconstitucionales son, por regla, ajenas al recurso de inconstitucionalidad cuando, no se explicita fundadamente el desapego de dicha interpretación con las disposiciones constitucionales, tal como sucede en el caso sub examine."
Disidencia parcial del Dr. Carlos Fel Rolero Santurian:
Propuso declarar admisible el recurso por considerar que se configuró un genuino caso constitucional. Argumentó: "la negativa jurisdiccional de fijar audiencia para dar curso al tratamiento de un pedido de suspensión del proceso a prueba respecto del encartado por no contar con el legajo fiscal de evidencias como único sustento, posee la entidad suficiente para poner en jaque al sistema acusatorio que rige en nuestra justicia local."
Enfatizó que "La exigencia de remisión anticipada de las actuaciones de la investigación penal preparatoria planteada por el juez de grado (...) no está prevista en la ley" y que tal exigencia vulnera los principios de oralidad, inmediación y contradicción, así como la autonomía funcional constitucional del Ministerio Público Fiscal.
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