Logo

INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS T, J. S SOBRE 89 - LESIONES LEVES

La querella impugnó la ampliación de la suspensión del proceso a prueba concedida a J.S.T. por lesiones leves agravadas en contexto de violencia de género, argumentando que vulneraba compromisos internacionales sobre erradicación de violencia contra la mujer. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, considerando que no existe prohibición automática de otorgar probation en casos de violencia de género cuando se reúnen los requisitos legales y se imponen reglas de conducta reforzadas.

1. suspension del proceso a prueba (probation) 2. violencia de genero 3. lesiones leves agravadas 4. tutela judicial efectiva 5. convencion de belem do para 6. reglas de conducta reforzadas 7. reparacion del dano 8. perspectiva de genero 9. salidas alternativas al proceso penal 10. derecho a ser oido (victima)

Actor/Recurrente: E.S., querellante Demandado: J.S.T. (imputado) Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución que amplió la suspensión del proceso a prueba (probation) concedida a J.S.T. por lesiones leves agravadas por violencia de género.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La querella cuestionó la ampliación de la probation sosteniendo que: (i) no se valoraron adecuadamente las circunstancias desde la perspectiva de género; (ii) los instrumentos internacionales sobre violencia contra la mujer impedirían salidas alternativas; (iii) se vulneraba el derecho a tutela judicial efectiva y a un juicio oral pleno; (iv) la reparación ofrecida ($500.000) era insuficiente.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la ampliación de la suspensión del proceso a prueba por un año más (hasta octubre de 2026) con las reglas de conducta impuestas por primera instancia. Fundamentos principales de la decisión: El juez Bosch sostuvo: > "no existe una prohibición automática de conceder la suspensión del proceso a prueba en contextos de violencia de género, sino que corresponde efectuar un examen concreto de las circunstancias del caso, de la entidad del hecho atribuido y de la razonabilidad de las reglas de conducta impuestas para prevenir la reiteración de conductas lesivas y garantizar la protección de la víctima." Enfatizó que "La oposición de la querella, si bien debe ser oída y ponderada —en tanto expresión del derecho a la tutela judicial efectiva— no reviste carácter vinculante cuando no demuestra el incumplimiento de los requisitos legales del instituto. La tutela judicial efectiva no se traduce en un derecho irrestricto a la realización de un juicio oral, sino en la garantía de participación activa en el proceso y en la consideración sustantiva de los planteos formulados." Señaló que las reglas de conducta impuestas (prohibición de acercamiento a 300 metros de la víctima, prohibición de contacto por cualquier medio, realización de 100 horas de tareas comunitarias, asistencia a taller sobre violencias de género) "evidencian un abordaje reforzado acorde al contexto de violencia de género alegado" y "satisfacen los fines preventivos del instituto y se alinean con los estándares convencionales invocados por la recurrente." El juez Delgado coincidió con el voto de Bosch y agregó un análisis sobre la relación entre la Convención de Belem do Pará y la CEDAW con la posibilidad de otorgar probation. Citó a Bovino, Lopardo y Rovatti: > "es un contrasentido inadmisible creer que la Convención de Belem Do Pará niega en alguna de sus cláusulas la vigencia de institutos de derecho interno que están en consonancia con un conjunto armónico de disposiciones del mismo sistema en el que aquélla se inserta" Concluyó que "no puede afirmarse que la propia Convención de Belem Do Pará cercene la posibilidad de acceder a suspensiones del proceso a prueba en casos que puedan enmarcarse dentro de un contexto de violencia de género." Datos relevantes:
- Delito imputado: Lesiones leves agravadas por violencia de género (arts. 89, 92 en función del art. 80 inc. 11 CP)
- Hecho: 11 de junio de 2024
- empujón y golpes en el rostro
- Primera probation concedida: 22 de octubre de 2024 (causa N° 1792/2024)
- Ampliación concedida: 10 de diciembre de 2025, por un año más
- Imputado sin antecedentes penales
- Fiscal de Cámara: Dra. Sandra V. Guagnino (dictamen favorable a la ampliación)
- Sentencia: 10 de marzo de 2026

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar