INCIDENTE DE APELACIÓN EN AUTOS P, L. G SOBRE 89 - LESIONES LEVES
La defensa oficial apelò la revocación de la suspensión del juicio a prueba concedida a L. G. P. por incumplimiento de pautas de conducta relacionadas con prohibición de acercamiento a la denunciante y su domicilio laboral. La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal confirmó la revocación al verificar un apartamiento considerable e injustificado de las pautas impuestas, pese a múltiples apercibimientos.
Actor/Apelante: Defensoría Oficial en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 14 (en representación de L. G. P.) Demandado/Apelado: Juzgado de primera instancia (Juzgado PCyF N° 12, a cargo del Dr. Juan Manuel Neumann) Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la resolución del 26 de diciembre de 2025 que revocó la suspensión del juicio a prueba concedida a L. G. P. por incumplimiento de pautas de conducta.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la revocación de la suspensión del juicio a prueba. La Cámara rechazó los agravios de la defensa y validó la decisión del juez de grado de revocar el beneficio concedido. Fundamentos principales de la decisión: "Al respecto, cabe señalar que en la audiencia aludida había quedado claro que la prohibición para pasar por aquél lugar era de sábado a jueves de 7 a 19 hs, que el imputado no podía dirigirse a ese lugar, ni pasar por la vereda de enfrente. Además, expresamente el juez le había indicado que no podía estar parado en la zona ni merodear por allí, sino que debía evitarla." "Siendo así, en el caso bajo examen, la voluntad de cumplimiento por parte de P., en relación a la abstención de acercarse a la denunciante, como así también a su domicilio laboral, pareciera estar presente solo en las alegaciones defensistas, más no en el accionar de su ahijado procesal. Ello pues, si bien la defensa arguyó diversas cuestiones que le impidieron cumplir con el compromiso asumido, tales como la inexistencia de franjas horarias rígidas y la rotatividad de la prestación laboral, lo cierto es que no obran constancias que permitan acreditar que P. se encontraba repartiendo pedidos en ese momento." "De igual modo, es dable señalar, tal como lo sostuvo el juez en su resolución, que antes de que decidiera revocar la suspensión del proceso a prueba P. recibió un apercibimiento por escrito y tuvo otro en audiencia oral anterior. Es decir, se le otorgaron varias posibilidades a fin de que dé cumplimiento a las pautas identificadas como 7, 8 y 9, consistentes en la prohibición de acercamiento a la denunciante, a su vivienda y al lugar de trabajo para que la suspensión alcance su finalidad, lo que evidentemente no ha sucedido." "En razón de todo lo expuesto, entendemos que, en el caso, se ha verificado un apartamiento considerable e injustificado de la pauta de conducta consistente en la prohibición de acercamiento al domicilio establecido y de contacto con la denunciante, y pese a las diversas advertencias que se le brindaron al imputado para dar cumplimiento con aquellas pautas, ha continuado realizando conductas que las contrarían."
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