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INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS B., O. SOBRE 14 1°PARR - TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES

La defensa de B., O. dedujo recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que anuló la absolución de primera instancia y ordenó un nuevo debate. La Cámara de Casación y Apelaciones rechazó el recurso por inadmisibilidad formal, ya que la resolución impugnada no constituye sentencia definitiva ni genera un gravamen de imposible reparación ulterior.

Garantias constitucionales Sentencia definitiva Ne bis in idem Tenencia de estupefacientes Inadmisibilidad formal Recurso de inconstitucionalidad Agravio de imposible reparacion Camara de casacion y apelaciones penal Reenvio a nuevo debate

Actor: B., O. (defensor/a) Demandado: Estado (a través de la fiscalía) Objeto del recurso: Impugnación de admisibilidad de un recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia de la Cámara que anuló la absolución de primera instancia y ordenó un nuevo debate por tenencia de estupefacientes.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de inconstitucionalidad por ser formalmente inadmisible. Fundamentos principales de la decisión: "Para ser equiparable a sentencia definitiva, la resolución atacada debe poner fin al proceso o hacer imposible su continuación (TSJ in re 'Dolmann, Francisco y otros s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en 'Dolmann, Francisco s/ infr. art. 78, obstrucción de vía pública —CC—ʼ', expte. nº 6061/08, sentencia del 11/2/2009). En su defecto, el recurrente deberá demostrar la existencia de un agravio que resulte de imposible, insuficiente o tardía reparación ulterior." "Sin embargo, nada de ello se verifica en el presente caso. Por tratarse de un reenvío, la decisión recurrida no ha puesto lógicamente fin al proceso ni impide su continuación, pero tampoco se vislumbra que pueda irrogar un gravamen de imposible reparación ulterior. Antes bien, la lesión que el recurrente denuncia puede ser enmendada mediante un pronunciamiento absolutorio o, en la eventualidad de una sentencia de condena, por la vía recursiva que ella habilita. Esa circunstancia basta para concluir que la impugnación resulta formalmente improcedente." La defensa alegaba violación de garantías constitucionales (ne bis in idem, legalidad, plazo razonable, inmediación, doble conforme, in dubio pro reo) y arbitrariedad, pero el Tribunal consideró que estas cuestiones pueden ser reparadas en el nuevo debate o en los recursos que correspondan del fallo que de él resulte.

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