Logo

M, D. J SOBRE HABEAS CORPUS Número: CAU48536/2026-0 CUIJ: CAU J-01-00048536-1/2026-0 Actuación Nro: 472062/2026

El abogado D. J. M. interpuso una acción de habeas corpus preventivo alegando amenaza a su libertad ambulatoria por impedírsele el ingreso a su estudio profesional en el marco de una investigación por usurpación. La Cámara de Casación y Apelaciones confirmó el rechazo in limine, considerando que la existencia de un proceso penal no configura una amenaza cierta, actual e ilegítima de privación de libertad.

Inmueble Proceso penal Improcedencia Derechos de defensa Usurpacion Derecho a trabajar Investigacion penal preparatoria Libertad fisica Habeas corpus preventivo Ley 23.098 Conjetura Amenaza a la libertad ambulatoria

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: D. J. M., abogado Demandado: Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas nro. 15 Objeto del reclamo: Acción de habeas corpus preventivo por amenaza cierta, actual e ilegítima contra su libertad ambulatoria y derecho a trabajar, derivada de la imposibilidad de ingresar al inmueble sito en Humberto Primo 765/767, donde afirma poseer estudio jurídico desde 2013, en el contexto de una investigación penal por presunto delito de usurpación iniciada en su contra. Decisión del tribunal: La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas (Sala III) confirmó la decisión del Juzgado PCyF nro. 23, que rechazó in limine la acción de habeas corpus preventivo por resultar manifiestamente improcedente. Fundamentos principales de la decisión: "Ahora bien, descartándose la posibilidad de que se trate de la segunda de las hipótesis mencionadas por la norma (pues el accionante no se encuentra detenido), resta entonces analizar el primero de los supuestos contemplados, que se verificaría en el caso de constatarse una amenaza actual, cierta e ilegítima a la libertad ambulatoria y de trabajo del Sr. M." "El juez acierta en su decisión, por cuanto resulta posible advertir que, las cuestiones expresadas por el accionante no superan el plano de lo eventual o conjetural, en tanto la sencilla existencia de un proceso penal en su contra no resulta indicativa de una verdadera amenaza cierta, actual e ilegítima de privación de libertad. Tal como se anticipó, estas condiciones justifican la improcedencia de la acción, porque la invocación de una simple sospecha o suposición no basta para fundar su procedencia." "Adviértase que el propio M, refirió, en su escrito, que algunas de las vulneraciones constitucionales denunciadas no estarían relacionadas con la libertad ambulatoria, que es el objeto de tutela específico de la acción de habeas corpus. A modo de ejemplo, puede mencionarse el reclamo derivado de la presunta afectación del derecho de acceso a la justicia, que eventualmente comprometería su derecho de defensa —pero no su libertad—; la afectación a ejercer libremente su profesión, por no poder ingresar al inmueble en litigio —lo que tampoco compromete su libertad ambulatoria—." "En estas condiciones, en un caso análogo al presente, esta Sala recientemente, tuvo oportunidad de destacar que, la existencia de una causa en trámite '… no supone que necesariamente vaya a materializarse una detención en el marco de aquel trámite –aspecto que compromete la actualidad y la certidumbre de la supuesta amenaza–; pero además porque, llegado el caso, dicha circunstancia contribuiría a la legalidad de cualquier medida que eventualmente lo involucre en el marco de ese expediente, dado que lo dotaría de las herramientas procesales específicamente previstas para ejercer sus derechos (por ejemplo, la exención de prisión, la oposición a cualquier eventual pedido de prisión preventiva o, llegado el caso, la excarcelación, entre otras)'"

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar