INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS NN, NN SOBRE 181 inc.1 - USURPACIÓN POR DESPOJO
La querellante particular solicitó una consigna policial de siete días para identificar ocupantes ilegales de un inmueble en calle Defensa. La Cámara de Casación y Apelaciones revocó el rechazo de primera instancia y ordenó la implementación de la medida, considerando que existen nuevas circunstancias que permiten entrever la posible ocupación actual del lugar.
Actor: Ana Salvadora Zancara Martínez (titular registral del inmueble), representada por la Dra. Laura Damianovich de Cerredo, en ejercicio de acción privada. Demandado: Personas desconocidas que ocupan ilegalmente el inmueble, presuntamente Maximiliano Antonio Montanaro, Pablo Heredia y otros ocupantes sin identificar. Objeto de la demanda: Investigación penal por usurpación agravada (art. 181 inc. 1° CP) de un inmueble ubicado en calle Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Específicamente, se solicitaba la implantación de una consigna policial de siete días, veinticuatro horas diarias, para identificar a quienes ingresaran al inmueble.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación y Apelaciones REVOCÓ el decisorio de primera instancia que rechazó la consigna policial y DISPUSO la implementación de la medida solicitada, ordenando que se materialice desde el juzgado de grado.
Fundamentos principales de la decisión:
"De este modo, sin perjuicio de que en dichas imágenes no logra apreciarse la fecha en que fueron tomadas, lo que deberá corroborarse en autos, lo cierto es que la situación descripta permite entrever -cuanto menos
- la posible ocupación actual del lugar y, en atención a los pormenores ventilados en el legajo, dicho accionar podría no resultar ajeno al tipo penal de usurpación, cuya intrusión se llevara a cabo a través de violencia y clandestinidad (art. 181 inc. 1° CP)."
"Así las cosas, no vislumbrándose otras medidas a fin de despejar los extremos aquí esgrimidos, que permitan circunscribir adecuadamente el caso, consideramos pertinente la concesión de la consigna peticionada, por lo que votamos por revocar el temperamento en crisis y, en consecuencia disponer la consigna policial solicitada por la acusación privada, lo que deberá materializarse desde el juzgado de grado."
La Cámara consideró relevante que después del archivo fiscal por falta de evidencia (1° de diciembre de 2025), la querellante reportó nuevas circunstancias: el 12 de enero de 2026 se colocó un sistema de seguridad en la puerta, pero el 14 de enero constató personalmente que el dispositivo había sido removido y la puerta estaba cerrada desde el interior, indicando ocupación actual. Aunque la medida ya había sido realizada sin resultado (17 a 25 de noviembre de 2025), la Cámara entendió que estas nuevas circunstancias justificaban una nueva consigna para identificar a los ocupantes, información vital para la continuación de la pesquisa en el marco de la acción privada.
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