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INCIDENTE DE APELACIÓN EN AUTOS A, E. G SOBRE 5 E -ENTREGA / SUMINISTRO/ APLICACIÓN O FACILITACIÓN DE ESTUPEFACIENTES

La fiscalía apela el rechazo de su solicitud de declinatoria de competencia en causa por suministro de estupefacientes. La Cámara de Casación y Apelaciones confirmó que el fuero local es competente para investigar los hechos, rechazando la unificación con la causa nacional por no verificarse riesgos de retroceso procesal ni revictimización inevitable.

1. competencia jurisdiccional 2. declinatoria de competencia 3. conexidad de hechos 4. suministro de estupefacientes 5. explotacion sexual de menores 6. unidad de investigacion 7. fuero local versus fuero nacional 8. economia procesal 9. revictimizacion 10. concurso ideal de delitos

Actor: Ministerio Público Fiscal (a través del Auxiliar Fiscal Martiniano Carlos Andrés Guerra) Demandado: Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 2 (decisión del juez José Raúl Beguelin) Objeto de la demanda: Apelación contra el rechazo de la solicitud de declinatoria de competencia en favor del fuero nacional, respecto de los hechos investigados por suministro de estupefacientes a título gratuito.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la decisión del juez de grado que rechazó la declinatoria de competencia, manteniéndose la competencia del fuero local para continuar con la investigación de los hechos relativos al suministro de estupefacientes. Fundamentos principales de la decisión: La mayoría (Cavaliere y Bosch) sostuvo: "En primer lugar, corresponde señalar que la competencia fue resuelta el 17 de septiembre de 2025, oportunidad en la que el Dr. Beguelin aceptó la intervención de este fuero, y esa decisión no fue cuestionada sino recién hasta el 2 de marzo del corriente año. No puede soslayarse que, más allá de las razones invocadas por el Fiscal de Cámara respecto de las gestiones efectuadas para obtener copias de la causa principal, desde que se remitieron las actuaciones a la fiscalía interviniente, hasta el momento en que se solicitara la declinatoria de competencia, transcurrieron más de cinco meses." Continuaron expresando: "En este contexto, la diferencia de estadios procesales, lejos de justificar la remisión al fuero nacional, refuerza la conveniencia de mantener la investigación en esta jurisdicción, en tanto no se verifica aquí un riesgo de retroceso o desorganización del proceso." Finalmente señalaron: "Por último, con relación a la revictimización sostenida por la fiscalía, si bien se trata de un aspecto que debe ser especialmente considerado, lo cierto es que el planteo se apoya principalmente en la posibilidad de una duplicación de medidas probatorias. Sin embargo, entendemos que no se observa que la tramitación separada de las actuaciones implique por sí misma una reiteración innecesaria de intervenciones sobre la víctima, o que no puedan adoptarse medidas para evitarla." Voto en disidencia: El juez Sergio Delgado, en disidencia, propuso hacer lugar al recurso y revocar la decisión apelada. Argumentó que existe un concurso ideal entre el delito de suministro de estupefacientes y los delitos de corrupción de menores agravado, promoción de la prostitución agravada y abuso sexual agravado, todos investigados en el fuero nacional. Señaló que "Un concurso ideal no puede ser juzgado en dos causas distintas simultáneamente" y que existe un concurso aparente de normas por consunción, siendo el suministro de estupefacientes un acto preparatorio consumido por los delitos contra la integridad sexual. Por ello propuso declarar la incompetencia del fuero local y remitir las actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25.

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