INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS VIDELA, LUIS ARNOLDO Y OTROS SOBRE 266 - EXACCIONES ILEGALES - Número: INC 16345/2025-1
La defensa de Héctor Roberto Figueroa interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la confirmación de decisiones interlocutorias que rechazaron planteos de nulidad y separación de casos. La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal declaró inadmisible el recurso por falta de sentencia definitiva y ausencia de verdadero caso constitucional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dr. Pablo Alberto Duarte, abogado defensor de Héctor Roberto Figueroa Demandado: La decisión de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal (resolución del 7 de mayo de 2026) Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra los puntos dispositivos I, III y IV de la resolución que: (i) declaró inadmisible la apelación contra el rechazo del planteo de nulidad respecto de la incorporación de evidencia digital; (ii) confirmó el rechazo del planteo de separación de casos; (iii) confirmó el rechazo de planteos de nulidad respecto de la prueba reunida por el Ministerio Público Fiscal. Decisión del tribunal: Se declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad por mayoría (Cavaliere y Bosch). Se tuvo presente la reserva formulada. Fundamentos principales de la decisión: "En orden a los presupuestos objetivos de admisibilidad y tal como lo ha resuelto nuestra máxima instancia local, se impone constatar no sólo el cumplimiento de los recaudos formales que habilitan la procedencia del recurso de inconstitucionalidad deducido por la parte, sino también la existencia de fundamentación en agravios reales y no aparentes, a fin de establecer en el caso concreto si se está en presencia de una verdadera impugnación constitucional del fallo que habilite la tercera instancia extraordinaria o, por el contrario, sólo ante una insuficiente invocación genérica de preceptos o reiteración de argumentos previamente tratados." "Se advierte que la vía intentada no se dirige contra una sentencia definitiva en los términos del art. 27 de la Ley n.° 402, ni tampoco equiparable a ella en tanto la resolución recurrida no ocasiona al presentante gravamen de imposible, insuficiente o tardía reparación ulterior, que permita habilitar la vía extraordinaria reclamada." "En este contexto, el agravio deviene insuficiente en ambos aspectos puesto que, en verdad, sólo subyace el desacuerdo de la defensa con el criterio interpretativo de normas de derecho común al momento de resolver el fallo cuestionado por medio de la impugnación en trato." Voto en disidencia (parcial): El juez Sergio Delgado, en disidencia parcial, consideró que respecto del punto dispositivo III (separación de casos) el recurso debería haber sido admitido formalmente, en tanto identificó un caso constitucional vinculado con la afectación del derecho a la protección de la intimidad, ya que el juzgamiento conjunto de hechos diversos implicaría exposición innecesaria de aspectos de las vidas privadas y divulgación de datos personales de los imputados.
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