INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS C., N. G. SOBRE 89 - LESIONES LEVES
La defensa oficial impugnó la declaración de rebeldía y orden de captura dictadas en causa por lesiones leves. La Cámara de Casación y Apelaciones rechazó in limine el recurso al considerar que la resolución recurrida carece de aptitud para irrogar el gravamen irreparable requerido, por ser revocable con la sola presentación del imputado.
Actor: Defensa Oficial del imputado N. G. C. Demandado: Juzgado Penal, Civil y Comercial Nro. 8 (sentencia recurrida) Objeto de la demanda: Cuestionar la decisión del 7 de julio de 2026 que declaró rebelde al imputado N. G. C. (DNI nro...) y ordenó su captura mediante comunicación al Sistema Federal de Comunicaciones Policiales, al Registro Nacional de Reincidencia y a la Dirección Nacional de Migraciones.
¿Qué se resolvió?
Rechazar in limine el recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial, conforme al art. 288 in fine del CPPCABA. Fundamentos principales de la decisión: "Cabe adelantarque, porlos motivos quea continuación se expondrán, el remedio procesal intentado por la defensa será rechazado sin más trámite. Ello pues, por un lado, el decisorio recurrido no resulta un auto declarado expresamente apelable (arts. 280 y 288 del CPPCABA), a lo que se aduna que la impugnación que cuestiona tanto la declaración de rebeldía y la orden de captura, como sus denegatorias, carece de la capacidad necesaria para irrogar el gravamen irreparable que exige el art. 292 de la ley ritual para su procedencia, pues se trata de una resolución eminentemente revocable con la sola presentación del imputado." La Cámara sostuvo su postura mediante jurisprudencia uniforme citando casos anteriores (115367/2024-1, 115631/2025-1, 22190/2024-3, 59484/2025-1, 14347/2020-4), en los cuales se rechazó in limine recursos de apelación contra declaraciones de rebeldía por las mismas razones.
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