Logo

O.E. CONTRA GCBA SOBRE RECURSO DIRECTO DE REVISION POR CESANTÍAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PÚBLICOS (ART. 464 Y 465 CAYT)

Empleada pública con discapacidad y víctima de violencia de género fue cesanteada por inasistencias injustificadas. La Cámara de Apelaciones en lo CATyRC anuló la cesantía por omisión de perspectiva de género y condenó al GCBA a indemnizar con $1.200.000 por daño patrimonial y $278.205 por daño moral.

1. recurso directo de revision 2. cesantia por inasistencias injustificadas 3. perspectiva de genero 4. violencia de genero 5. empleada publica con discapacidad 6. dano patrimonial e indemnizacion 7. debido proceso administrativo 8. convencion cedaw 9. ley 26485 10. omision de valoracion de prueba acreditatoria

Actor: O.E. (empleada pública) Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) Objeto de la demanda: Impugnación de la Resolución RESOL-2020-749-GCABA-SSGRH que dispuso la cesantía de la actora por inasistencias injustificadas desde el 26/10/2015. Se reclamó la nulidad de la resolución, reincorporación al puesto de trabajo, regularización de aportes previsionales, indemnización por daños y perjuicios, y aplicación de perspectiva de género.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso directo. Se declaró nula la resolución de cesantía y se ordenó la reincorporación de O.E. en su situación de revista anterior. Se condenó al GCBA a indemnizar con $1.200.000 por daño patrimonial y $278.205 por daño moral. Se rechazó el reclamo de regularización de aportes previsionales. Se impusieron las costas a la demandada. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal consideró que la Administración incumplió el deber de actuar con perspectiva de género al ejercer su potestad disciplinaria. A pesar de que O.E. denunció reiteradamente (desde junio de 2016, mayo de 2017 y abril de 2018) situaciones de violencia doméstica ejercida por su expareja, acompañando documentación respaldatoria (denuncias, resoluciones judicales de prohibición de acercamiento, certificados médicos), el GCBA redujo tales circunstancias a "problemas personales" sin realizar una valoración integral conforme a los estándares de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención de Belém do Pará y la Ley 26485. Como expresó el tribunal: "frente a un trato manifiestamente discriminatorio contra una mujer —y la violencia lo es, aun cuando fuera perpetrada por un particular—, el corpus iuris protectorio en la materia obliga a la Administración a ejercer su potestad disciplinaria con perspectiva de género. Lo que, en el caso concreto, supone valorar de qué modo la situación de violencia invocada incidió sobre la conducta reprochada." El tribunal destacó que "la Administración, en el ejercicio de su potestad sancionatoria, omitió considerar la particular situación denunciada y acreditada por la Sra. O.E. al formular sus descargos —esto es, que la violencia doméstica y el deterioro de su cuadro de salud habían incidido tanto en sus inasistencias como en la imposibilidad de justificarlas oportunamente—, pese a constituir el argumento principal esgrimido para resistir la medida segregativa." En cuanto al daño patrimonial, se consideró que la privación prolongada de haberes desde el bloqueo (01/06/2016) hasta la resolución de cesantía (02/04/2020) y más allá, adquirió especial gravedad por ocurrir precisamente cuando la actora había denunciado violencia y abandonado el domicilio familiar. El tribunal señaló: "La medida la privó así de su único ingreso laboral propio y estable, precisamente cuando la disponibilidad de recursos económicos resultaba indispensable para sostener su desvinculación del agresor, atender las necesidades de sus hijas y reorganizar su vida familiar." Respecto del daño moral, el tribunal consideró acreditado que "la ilegítima cesantía impuesta a la Sra. O.E. también le generó padecimientos espirituales" derivados del prolongado estado de incertidumbre, la privación simultánea de ingresos y cobertura médica (indispensable para su esclerosis múltiple), y su situación de especial vulnerabilidad como mujer con discapacidad víctima de violencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar