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SANCHEZ, FERNANDO GUSTAVO c/ CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA s/DESPIDO

El actor demandó por despido directo y reclamó indemnizaciones y diferencias salariales por funciones de Gerente Regional. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus pronunciamientos sustanciales y sólo modificó la distribución de costas, imponiendo 90% a la demandada y 10% a la actora.

Costas Diferencias salariales Despido Perdida de confianza Camara federal de cordoba Gerente regional Cpccn art. 68 Indemnizacion (art. 245 lct) Injuria laboral (art. 242 lct) Control de auditoria


¿Quién es el actor?

Fernando Gustavo Sánchez.

¿A quién se demanda?

Correo Oficial de la República Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (despido directo el 15/03/2018), indemnización por antigüedad (art. 245 LCT), indemnización sustitutiva de preaviso, diferencias salariales por desempeño transitorio como Gerente Regional y daño moral. Montos admitidos en primera instancia: $2.977.646,09; rubro rechazado (daño moral) por $491.161,45.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la resolución de fecha 18/03/2026 sólo en la distribución de costas —imponiendo un 90% a la demandada y un 10% a la actora— y confirmó la sentencia apelada en todo lo demás; además impuso las costas de alzada en el orden causado y difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (extractos textuales relevantes): "La cuestión decisiva no era la existencia de irregularidades, sino determinar si el actor era responsable de aquellas en un grado suficiente para configurar una injuria laboral grave que justificara el despido con causa." "La empleadora no logró demostrar que éste hubiera cometido una injuria grave, personal e imputable, en los términos del art. 242 LCT... No basta demostrar que existió un sistema irregular. Debe demostrarse cuál fue la conducta del actor; cuál fue su intervención; por qué esa conducta tornó imposible continuar la relación laboral. Y eso no ocurrió." Respecto de las diferencias salariales: "Si ejerció tareas de Gerente Regional, aunque fuera transitoriamente, corresponde el pago de las diferencias salariales. Por lo tanto, no advierto un fundamento fuerte por parte de la demandada en este punto; razón por la cual el mismo debe rechazarse." Sobre las costas: "Por lo que corresponde revocar parcialmente la sentencia en este aspecto e imponer las costas de primera instancia en un 90 % a la demandada, quien resultó vencida en lo principal, y en un 10 % a la actora, en virtud de lo previsto en el art. 68, 2da. parte del CPCCN."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Montesi y Avalos) votaron en igual sentido y el bloque resolutorio final refleja la decisión de la Cámara.

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