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TEMPORELLI, JUAN CARLOS c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

Reclamó el actor el reajuste por movilidad de su prestación jubilatoria y las sumas retroactivas. El Juzgado Federal N°1 hizo lugar a la demanda, ordenó la movilidad trimestral del período marzo 2022-diciembre 2023 conforme IPC, declaró prescritas las diferencias anteriores al 14/8/2023 y ordenó la liquidación y pago con intereses, aplicando topes de Villanustre y Padilla y la no aplicación del impuesto a las ganancias en los términos fijados.

Prescripcion Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Jubilacion Anses Reajuste por movilidad Ley 27.609 Art. 22 ley 24.463 Intereses tasa pasiva bcra Topes padilla villanustre


¿Quién es el actor?

Juan Carlos Temporelli.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Impugnar acto administrativo para que se ordene el reajuste por movilidad del beneficio previsional del actor y el pago de las sumas retroactivas, intereses y costas; se impugnaron asimismo la ley 27.609, el decreto 274/24 y los topes previstos en el art. 9 incs. 2 y 3 de la ley 24.463 y la retención por impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se dispuso el reajuste por movilidad del beneficio con el alcance fijado en la sentencia; se hizo lugar a la excepción de prescripción articulada por la demandada (declarándose prescriptas las diferencias devengadas con anterioridad al 14/8/2023); se ordenó que en la liquidación se tengan presentes las cuestiones relativas a topes legales y al impuesto a las ganancias; se ordenó el pago del nuevo haber y las retroactividades dentro del plazo del art. 22 ley 24.463 (según ley 26.153) con intereses a la tasa pasiva promedio mensual del BCRA, aplicando los límites de Villanustre y Padilla cuando correspondiera; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios hasta que exista base firme.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609. En consecuencia se debe movilizar el beneficio de autos en forma trimestral por el período Marzo 2022
- Diciembre 2023, ambos inclusive, mediante el índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado del trimestre, en los términos y con las deducciones y límites que establecen los precedentes citados." "Por aplicación del art. 82 de la ley 18.037, declarar prescriptas las diferencias devengadas con anterioridad al 14/8/2023, según el plazo de dos años que marca la norma citada." "Que el nuevo haber deberá respetar los límites establecidos por la CSJN en los precedentes 'Padilla' del 24/04/2008 y 'Villanustre' del 17/12/91... reajustar el haber y abonar las sumas retroactivas en el plazo de 120 días previsto por el art. 22 de la ley 24.463 (según ley 26.153), con más los intereses a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, según el precedente 'Spitale'." "Que... corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c de la ley 20.628 (actual art. 82 inc. c -T.O. decreto 824/2019-) y hacerlo extensivo a las retroactividades que surjan de la liquidación y a los intereses, por su carácter accesorio (CFABB 'Rosales'... 'Molina')."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto aportado; la parte resolutiva final suscribe la decisión del juez interviniente.

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