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Incidente Nº 8 - IMPUTADO: ESCUDERO, ROBERTO CARLOS s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA

Solicitud para declarar la extinción de la acción penal por cumplimiento de suspensión de juicio a prueba y pago de la reparación. El Juez de Ejecución Penal declaró extinguida la acción penal respecto de Roberto Carlos Escudero por haberse cumplido el término y las condiciones impuestas, verificándose el pago de $50.000 y la ausencia de reincidencia.

Reparacion Suspension de juicio a prueba Ministerio publico fiscal Registro nacional de reincidencia Extincion de la accion penal Ejecucion penal Oficina judicial Art. 76 ter cp Santa rosa Pago $50.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (como parte instructora y dictaminante sobre el cumplimiento). Demandado: Roberto Carlos Escudero. Objeto: Declarar la extinción de la acción penal por haberse cumplido la suspensión de juicio a prueba dispuesta en Sentencia nº 28/2024 del 02/09/2024, incluyendo el pago de la reparación ordenada. Decisión: Se declaró extinguida la acción penal respecto de Roberto Carlos Escudero, mediante Sentencia nro. 28/2024 de fecha 02 de septiembre de 2024, y se ordenó que la Oficina Judicial realice las comunicaciones pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "1.-Que mediante sentencia dictada en fecha 2 de septiembre de 2024 se decidió suspender el presente juicio a prueba respecto de Roberto Carlos ESCUDERO por el término de DOS años y aceptar la propuesta de pago de $50.000 (pesos cincuenta mil) a la cooperadora del Hospital Local René Favaloro
- sector voluntarias de pediatría-." "3.
- Que al contestar la vista oportunamente conferida, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que, de los presentes autos, se desprende que el nombrado cumplió el término de la suspensión de juicio a prueba oportunamente dispuesto (2 años) el 2 de septiembre de 2026. Que a fs. 11, se encuentra incorporado el comprobante de pago acompañado por la defensa por la suma de ($50.000) realizada a favor de la Cooperadora del Hospital Local Rene Favaloro, en cumplimiento de la reparación impuesta." "Por lo expuesto precedentemente, entendió que se han cumplido con los extremos previstos en el art. 76 ter. del Código Penal, por lo cual corresponde declarar la extinción de la acción penal respecto de Roberto Carlos Escudero."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el expediente; la resolución es dictada por el Juez de Ejecución Penal único que firma la decisión.

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