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CORBALAN, HECTOR EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió acción contra ANSeS para el recálculo del haber inicial, actualización de remuneraciones y liquidación de retroactivos. El Juzgado hizo lugar parcialmente: declaró prescrito el período anterior a dos años del reclamo administrativo, rechazó parcialmente la demanda, ordenó recálculo y pago con intereses, declaró inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609 desde 2022 y fijó actualización trimestral IPC/RIPTE hasta marzo‑2024.

Impuesto a las ganancias Prescripcion liberatoria Anses Tasa pasiva bcra Retroactivos Pbu Recalculo haber inicial Inconstitucionalidad ley 27.609 Movilidad trimestral ipc/ripte Corbalan


¿Quién es el actor?

Héctor Eduardo Corbalan.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: recálculo del haber inicial jubilatorio (por remuneraciones en relación de dependencia), redeterminación de la PBU, ajuste por movilidad y pago de retroactivos con intereses; declaraciones de inconstitucionalidad de diversas normas (entre ellas arts. 1 de la ley 27.609; arts. de la ley 27.541; tope del art. 9 de la ley 24.463; art. 82 inc. c ley 20.628, y resoluciones reglamentarias).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excepción de prescripción respecto del período anterior a los dos años previos al reclamo administrativo; se rechazó parcialmente la demanda conforme a los considerandos; se ordenó que el nuevo haber y retroactivos resultantes sean abonados por ANSeS con intereses calculados según la tasa pasiva promedio mensual del BCRA; se difirió la actualización de la PBU para la etapa de liquidación; se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y se ordenó la actualización trimestral de haberes (50% IPC INDEC – 50% RIPTE) hasta el trimestre ene‑mar 2024; se rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27.541 y se ordenó integrar el haber con las diferencias resultantes; además, se declararon inconstitucionales, en los términos expuestos, el art. 14 inc.2 Res. 06/09 SSS, y el art. 9 inc.3 de la ley 24.463 y art. 26 de la ley 24.241 para el supuesto de confiscatoriedad probada; se dispuso la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c de la ley 20.628 si las sumas superaran el mínimo no imponible.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre prescripción: “De acuerdo con lo establecido en el art. 168 de la ley 24.241 (conf. art. 82 de la ley 18.037), prescribe a los dos años la obligación de pagar los haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio... Conforme surge de las constancias de autos... En consecuencia, corresponde hacer lugar a la excepción planteada, la que habrá de operar para el período transcurrido hasta los dos años anteriores tal fecha.” 2) Sobre recalculo y Elliff: “En dicho precedente la Corte interpretó que la actualización de las remuneraciones a fin de calcular el valor de las prestaciones, no se encuentra comprendida en la genérica derogación prevista en el art. 10 de la ley de convertibilidad... disponiendo la aplicación del índice previsto en tal norma, sin limitación temporal alguna, debiendo luego regirse por las disposiciones de la ley 26.417... Corresponde atender al reclamo del actor, declarando la inconstitucionalidad del Decreto 807/16; y ordenando que las remuneraciones computables... sean actualizadas de acuerdo al índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), establecido por la Resolución 140/95, sin la limitación temporal referida en dicha norma (cf. 'ELLIFF').” 3) Sobre ley 27.609 e incorporación del precedente de Alzada: “...se puede concluir que deviene conveniente adherir al criterio sostenido por Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca... y en consecuencia declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir del año 2022 y ordenar a la administración demandada a actualizar los haberes previsionales en forma trimestral... compuesta en un 50% por las variaciones en el IPC (Nivel General) del INDEC y en un 50% por las variaciones en el índice RIPTE... hasta el trimestre enero‑marzo 2024 inclusive.” 4) Sobre impuesto a las ganancias: cita del precedente de la CSJN “GARCIA, María Isabel...” y conclusión: “...se dispone que, en caso de que al practicar la liquidación... los montos resultantes en cada concepto superen el mínimo no imponible... se declara la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c de la ley 20.628 (conf. Decreto 824/2019).”
- Disidencias: no contiene voto de mayoría/minoría distinto; la parte resolutiva final es la decisión del juzgado y sus considerandos vinculantes en la presente instancia.

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