Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VITE, ALBERTO ANTONIO Y OTROS s/AMENAZAS CON ARMAS O ANONIMAS (ART. 149 BIS) y LESIONES AGRAVADAS QUERELLANTE: FIORDELLI, LAURA BEATRIZ Y OTROS

Imputado fue condenado por amenazas coactivas agravadas y lesiones leves agravadas en contexto de violencia intrafamiliar; la Cámara (Tribunal Oral) lo condenó a cinco años de prisión por concurrencia real de delitos y absolvió la imputación por daño por falta de ajenidad del bien.

Perspectiva de genero Violencia domestica Computo de pena Amenazas coactivas agravadas Concurso material Lesiones leves agravadas por vinculo Decomiso de elementos Arma impropia (botella) Tribunal oral penal (toc 22) Absolucion por atipicidad (dano)

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Actor (quien denuncia / parte acusadora): Ministerio Público Fiscal y la parte querellante (Laura Beatriz Fiordelli y familiares).
- Demandado (imputado): Alberto Antonio Vite (DNI 13.276.169).
- Objeto de la demanda / hechos reclamados: Se le atribuyeron múltiples episodios de violencia doméstica y de género: (i) 20/12/2025: amenazas coactivas agravadas mediante empleo de arma (botella de vidrio) contra su pareja Laura y lesiones leves agravadas por el vínculo a su hijo Felipe (herida cortopunzante en mano) en concurso real; (ii) 28/09/2024: amenazas mediante mensajes a su hijo Felipe; (iii) diciembre 2024, en un vehículo, amenaza contra Laura consistente en "si no te callás choco y te matás"; (iv) 02/07/2025: lesiones leves agravadas por el vínculo a su hija Martina (la sujetó del cuello) y daño alegado por rotura de vidrio/abolladura de termo.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se absolvió a Vite por el delito de daño (por falta de acreditación de la ajenidad y del dolo respecto del vidrio/termo). Se condenó a Alberto Antonio Vite a la pena de cinco años de prisión con accesorias legales por ser autor de: amenazas coactivas agravadas por el empleo de armas (contra Laura, causa 8491) en concurso real con lesiones leves agravadas por el vínculo (en perjuicio de Felipe, causa 8491); concurriendo materialmente con las conductas de amenazas (en perjuicio de Felipe, hecho I causa 8672), amenazas coactivas (contra Laura, hecho II causa 8672) y lesiones leves agravadas por el vínculo (en perjuicio de Martina, hecho III causa 8672). Se fijó como fecha de vencimiento de la pena el 19/12/2030; se ordenó decomiso y destrucción de la botella y el cuchillo secuestrados; costas por cuenta del condenado. La sentencia aplicó perspectiva de género y valoró prueba testimonial, pericial y secuestros.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Que, en consecuencia, a partir del análisis de las pruebas incorporadas al debate... entiendo que la conducta atribuida a Alberto Antonio Vite no resulta subsumible en el tipo penal previsto en el artículo 183 del Código Penal... la cosa 'debe ser ajena o parcialmente ajena'... el inmueble sito en Goleta Santa Cruz 6600 pertenecía a Vite y a su familia..." (fundamento absolución por daño). "Con la prueba incorporada al debate... tengo por probado tanto la realidad material de los hechos que se le imputan, los cuales fueron cometidos en un contexto de violencia intra familiar, como también la participación en carácter de autor del acusado Alberto Antonio Vite." (valoración general de la prueba). Descripción fáctica del hecho principal: "el día 20 de diciembre de 2025... le profirió frases amenazantes... tales como '¿Por qué me tocaste el celular?, te voy a matar', y 'Te voy a matar, ya lo hice antes con mi ex pareja a vos te voy hacer lo mismo, si llamás a la Policía te voy a matar'... tomó una botella de vidrio... intentó romper dicho envase contra la pared... regresó portando un cuchillo tipo carnicero, con el cual intentó agredir..." (reconstrucción probatoria). Sobre el carácter de arma impropia: "La utilización de la botella de vino -parcialmente llena
- por parte de Vite, mientras profería frases de neto corte amenazante, acrecentó el temor padecido por el sujeto pasivo... dicho elemento utilizado de la manera en que se lo utilizó debe ser incluido en el concepto de 'arma impropia'." Sobre violencia de género y contexto: el tribunal aplicó perspectiva de género citando Ley 26.485 y doctrina interamericana, y consignó que existía "una situación de violencia de género en su modalidad doméstica... riesgo altísimo para el grupo familiar". Disidencias relevantes: no se presentan votos en disidencia en el texto aportado; el voto y la resolución here consignados constituyen la decisión del Tribunal.
- Montos/fechas relevantes: hechos ocurridos 28/9/2024; diciembre 2024; 2/7/2025; 20/12/2025; sentencia 10/9/2026 (fundamentos rubricados 16/9/2026); pena: cinco años de prisión; cómputo: detenido desde 20/12/2025, libertad a las 12 hs del 19/12/2030; registro caduca 19/12/2040.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar