BELEN, MARTIN EZEQUIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador apeló la decisión administrativa y la sentencia que declaró desierto su recurso contra la Comisión Médica por inexistencia de incapacidad. La Cámara confirmó la sentencia y desestimó la apelación por entender que la recurrente no formuló agravios concretos y razonados que rebatieran el dictamen médico administrativo.
¿Quién es el actor?
BELEN, MARTÍN EZEQUIEL (trabajador).
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (Aseguradora/ART) y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en sede administrativa.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución homologatoria de la Comisión Médica que determinó ausencia de incapacidad (0%) por accidente laboral denunciado el 17/11/2023 y pedido de reconocimiento de incapacidad física (15%) y psicológica (10%).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó el recurso de apelación de la actora y confirmó la sentencia de primera instancia que declaró desierto el reclamo judicial contra la decisión administrativa; impuso costas y reguló honorarios en la alzada (30% de lo que correspondiera por la etapa anterior).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes de la sentencia):
"De un atento estudio de los agravios deducidos por la actora, se estima que los mismos no constituyen una crítica concreta y razonada de los fundamentos esenciales del fallo apelado, en los términos exigidos por el artículo 116 de la Ley Orgánica de Procedimiento Laboral (L.O.)."
"la recurrente se limita a transcribir la sentencia de la a quo; a reeditar episodios del recurso administrativo y a sostener que en la instancia previa '… La comisión médica se limita a otorgar un reducido porcentaje e incapacidad física, sin además establecer una incapacidad de carácter psicológico…' y a peticionar se practiquen nuevos estudios -cuando los analizados son actualizados
- y nueva pericial médica, sin atacar en debida forma que no se aduce el error de aquellas decisiones."
"De la documentación obrante en el expediente surge la presencia de patología/s de carácter inculpable (...) la cual no guarda relación etiopatogénica ni cronológica con el siniestro denunciado... INCAPACIDAD Fija porcentaje de Incapacidad: SIN INCAPACIDAD" (cita del dictamen administrativo).
"A poco que se continua analizando situación, puede apreciarse que se reiteran las impugnaciones vertidas contra el Dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional N° 10 y se manifiestan una serie de discrepancias subjetivas -y desacertadas– de la conclusión en cuanto a la incapacidad física... La mera manifestación de continuar con dolencias físicas o la sola estimación de un porcentaje de incapacidad ... resulta insuficiente para conmover un acto administrativo fundado en un examen clínico directo y estudios complementarios específicos..."
- Votos/diferencias: los jueces firmantes adhieren al mismo sentido; no consta disidencia en el acuerdo.
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