OBLIGADO DANIEL HORACIO c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA
El actor promovió acción contra ANSES solicitando que se declare la invalidez del requisito de cese definitivo y de la exigencia de renuncia para tramitar el beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el punto 2, inciso e) del Anexo I de la Res. SSS 10/2020 y la Res. SSS 30/2023 en cuanto exigen la presentación de la renuncia definitiva para el inicio de la tramitación, y elevó honorarios a 20 UMA.
¿Quién es el actor?
Daniel Horacio Obligado.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Se solicitó que se declare la inconstitucionalidad del art. 9 inc. b) de la ley 24.018 (t.o. ley 27.546) en cuanto introduce el requisito del cese definitivo en el cargo y, en especial, la inconstitucionalidad del punto 2, inciso e) del Anexo I de la Res. SSS 10/2020 y de la Res. SSS 30/2023 en cuanto exigen la presentación/aceptación de la renuncia definitiva para la tramitación del beneficio previsional. El actor es juez de cámara en servicio y reclama que la exigencia de renuncia como condición para iniciar el trámite vulnera su derecho a peticionar y crea incertidumbre jurídica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, desestimó el recurso de la demandada y hizo lugar parcialmente al recurso de la parte actora; revocó parcialmente la sentencia de grado; declaró la inconstitucionalidad del punto 2, inciso e), del Anexo I de la Res. SSS 10/2020 y de la Res. SSS 30/2023 en cuanto exigen la presentación de la renuncia definitiva para la tramitación del beneficio previsional; elevó los honorarios de la primera instancia a 20 UMA ($2.084.400) y reguló las costas y honorarios de Alzada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Siendo las cosas así, de dicho estudio se desprende que al no poder iniciar el trámite jubilatorio sin la constancia de la presentación de la renuncia, claramente se ocasiona un perjuicio actual y concreto a la actora, quien se encontraría en un estado de incertidumbre que, además, en el supuesto de denegarse el mismo, la dejaría en situación de desempleo y sin beneficio jubilatorio; lo cual claramente es contrario a las garantías constitucionales establecidas en el art 14 bis CN."
"En tal sentido, el exceso reglamentario se configura cuando una disposición de ese orden desconoce o restringe irrazonablemente derechos que la ley reglamentada otorga, o de cualquier modo subvierte su espíritu o finalidad, contrariando de tal modo la jerarquía normativa (Fallos: 337:149; 324:3345)."
"De lo expuesto se colige que persiste dicho estado de incertidumbre por parte del solicitante y que, al igual que acontecía con la redacción anterior, ello constituye un exceso en el ejercicio de las atribuciones reglamentarias conferidas a la Secretaría de Seguridad Social. Ello así, la exigencia de renuncia como condición para el inicio del beneficio jubilatorio resulta irrazonable. Por tales consideraciones expuestas, corresponde revocar la sentencia apelada en cuanto declaró abstracta la cuestión relativa al cese definitivo y declarar la inconstitucionalidad del punto 2, inciso e), del Anexo I de la Resolución SSS N° 10/2020 y, asimismo, la inconstitucionalidad de la Res. SSS 30/2023 en cuanto a la exigencia de presentación de la renuncia definitiva para la tramitación del beneficio previsional."
- Voto en disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque manifestó disidencia parcial y dejó a salvo su opinión respecto de la exigencia del cese definitivo en el art. 9 inc. b) de la ley 24.018, remitiéndose a lo decidido en autos "Carrasco, Herminia c/ ANSES..." donde se votó por la confirmación de la declaración de inconstitucionalidad del inciso b) del artículo 9. Esa postura quedó consignada como disidencia parcial y no integró la decisión mayoritaria.
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