MOURENZA ALEJANDRA MATILDE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional conforme la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº10 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar los retroactivos según las pautas fijadas (actualización de remuneraciones, cálculo de PC y PAP, test de confiscatoriedad) y admitió la defensa de prescripción en parte.
¿Quién es el actor?
MOURENZA ALEJANDRA MATILDE.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 15-0-9686349-0-4, fecha de adquisición 29/07/2017) conforme las previsiones de la ley 24.241 y conexas; impugnación de diversos instrumentos normativos y solicitud de actualización de remuneraciones, PC y PAP, y pago de retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se admitió en parte la defensa de prescripción invocada por ANSES; se ordenó a ANSES recalcular el haber y abonar los retroactivos conforme las pautas del decisorio en el plazo de 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron costas por su orden; y se diferió la regulación de honorarios hasta la liquidación. (Decisión conforme al bloque dispositivo transcripto.)
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
1) "A efectos de resolver la cuestión litigiosa, cabe advertir en primer término que 'los jueces no están obligados a ponderar una por una y exhaustivamente todas las constancias de la causa, sino sólo aquellas que estimen conducentes para fundar sus conclusiones (Fallos, 311:571) y para la correcta solución del litigio (311:836), y tampoco están obligados a tratar todas las cuestiones propuestas por las partes ni analizar los argumentos utilizados que a su juicio no sean decisivos (301:970 y 311:1191)'."
2) "Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios'... dispongo la actualización de las remuneraciones a las que se refiere el art. 24 de la Ley 24.241 del modo dispuesto recientemente por la Corte (Fallos 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', sentencia del 18 de diciembre de 2018)."
3) Metodología de comprobación de confiscatoriedad y cálculo: "1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada ('M.C'); 2) la 'Merma Cuantificada' se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia ('HIRS'); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = ('M.C' x 100 % 'HIRS')."
4) Sobre la PC y la PAP: se remiten las reglas del art. 24 y art. 30 (modificado por ley 26.222) de la ley 24.241 para su cálculo, y se determina que la actualización de remuneraciones para esos rubros debe seguir los precedentes de la CSJN y la CFSS (ISBIC hasta febrero de 2009 y luego lo dispuesto por ley 26.417).
5) Respecto de topes e inconstitucionalidades: "Respecto al planteo de inconstitucionalidad de los topes legales de los artículos 20 y 24 de la ley 24.241, el actor no acreditó haber superado el tiempo de servicios que establece ambas normas, por lo que resulta abstracto expedirse al respecto... Corresponde diferir los planteos de inconstitucionalidad de los artículos 9 de la ley 24.463 y 9, 25 y 26 de la ley 24.241, Resolución SSS 6/09, y los relativos al impuesto a las ganancias, y demás cuestiones planteadas al respecto, para la etapa de ejecución..."
- Disidencias: No se informan votos en disidencia en el cuerpo del decisorio; la decisión es del juez a cargo en primera instancia y el bloque dispositvo manda la solución.
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