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SOLER LIDIA ZUNILDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su jubilación conforme la ley 24.241 y la declaración de inconstitucionalidad de normas posteriores. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10 hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenó el recalculo del haber y el pago del retroactivo según las pautas fijadas, admitió la prescripción parcial opuesta por ANSES y diferió regulación de honorarios.

Intereses Costas Ejecucion Anses Reajuste previsional Pbu Ley 27.609 Ley 24.241 Prescripcion (art.82 ley 18.037) Metodologia de calculo (merma cuantificada/hirs)


¿Quién es el actor?

SOLER LIDIA ZUNILDA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del beneficio previsional (jubilación N° 14-0-1127974-0-3) conforme la ley 24.241; impugnación/inconstitucionalidad de diversas disposiciones legales y petición de reparación por diferencias de haberes y daño moral.

¿Qué se resolvió?

El tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, admitió la defensa de prescripción opuesta por ANSeS en los términos del art. 82 de la ley 18.037, ordenó a ANSeS que abone a la actora el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme, impuso las costas en el orden causado y diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Luego de la compulsa de la prueba documental arribada en autos, se advierte que el titular obtuvo el beneficio de jubilación Nº 14-0-1127974-0-3 al amparo de la ley 24241, con fecha de adquisición del derecho el 25/05/2022. En consecuencia, será analizado el reclamo por diferencias de haberes que formula a la luz de la ley 24.241." "Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada (“M.C”); 2) la “Merma Cuantificada” se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia (“HIRS”); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = (“M.C” x 100 % “HIRS”)." "En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. art. 4 de la ley 27.609), procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto." "A la luz de lo reseñado, y ante la carencia de indicadores adecuados que permiten llegar a la convicción de la falta de razonabilidad de los preceptos en crisis, no se configura en el caso el agravio constitucional que justificaría admitir la demanda." Se aclara que las citas anteriores integran los fundamentos de la sentencia mayoritaria; existieron referencias a precedentes de la Cámara Federal de la Seguridad Social y de la CSJN (entre ellas Quiroga, Badaro, Blanco y Pellegrini) que el juez utilizó para sostener la aplicación de la ley 27.609 según la fecha de adquisición del derecho. En disidencia no registrada en el dispositivo final, no consta voto mayoritario que modifique lo resuelto.

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