Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: TOLEDO, JORGE ELIAN Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

Causa por siembra, cultivo y tenencia de cannabis con fines de comercialización vinculada a varios domicilios en Hurlingham; la Cámara (Tribunal Oral Federal N°4) pronunció veredicto tras el debate oral y ordenó su registro, publicación y notificación. El tribunal valoró la prueba documental, pericial y las comunicaciones telefónicas como indicios suficientes para calificar las conductas por la ley 23.737 y dispuso medidas accesorias y decomisos.

Allanamiento Reprocann Cannabis Decomiso Trafico de estupefacientes Comunicaciones telefonicas Tribunal oral federal Siembra y cultivo Tenencia con fines de comercio Hurlingham


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado en audiencia por el doctor Carlos Martín Bonomi Blatter, siguiendo instrucciones del fiscal a cargo doctor Santiago Marquevich).
- Demandados / Imputados: Mauro Ignacio Lacoque; Guadalupe Antonella Raggi; Agustina Soledad Talento; Jorge Elián Toledo.
- Objeto de la causa: Investigación y juicio oral por siembra y cultivo de plantas de cannabis para producir estupefacientes y tenencia con fines de comercialización (art. 5° incs. a) y c) Ley 23.737 y arts. 45/46 CP), por hechos ocurridos hasta el 28/05/2025 en domicilios de Hurlingham: José Mazzini 2049, Gral. Simón Bolívar 1267 y 1269. Secuestros: plantas (111 plantas, 142 plantines, 36 tallos en secado), flores y material prensado (varios kilogramos), balanzas, bolsas Ziploc, fertilizantes, sistemas indoor, vehículos y dinero en efectivo. Decisión: El tribunal pronunció veredicto (celebrado el 1° de septiembre de 2026) y ordenó: Regístrese, publíquese y notifíquese. (La Parte Resolutiva finalizada en autos limita la orden dispositiva registrada).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En primer lugar, la conducta desplegada por Mauro Ignacio Lacoque, circunscripta a los elementos hallados en el interior del domicilio sito en la calle José Mazzini nro. 2049 de la localidad de Hurlingham, partido homónimo, provincia de Buenos Aires, debe ser calificada como tráfico de estupefacientes, en la modalidad de siembra y cultivo de plantas para producir estupefacientes con fines de comercialización y tenencia de con fines de comercialización, por la que debe responder en calidad de autor (arts. 45 y 5
- incs. “a” y “c” de la ley 23.737)." "La conducta desplegada por Jorge Elián Toledo y Guadalupe Antonella Raggi, circunscripta al material estupefaciente hallado en el interior del domicilio sito en la calle Simón Bolívar nro. 1267 de la localidad de Hurlingham, partido homónimo, provincia de Buenos Aires, debe ser calificada como tráfico de estupefacientes, en la modalidad de tenencia con fines de comercialización, por la que deberán responder en calidad de coautores (arts. 45 y 5 -inc. “c”
- de la ley 23.737)." "De la misma forma, la acreditación de la finalidad comercial de la marihuana que detentaba, cultivaba y producía Mauro Ignacio Lacoque desplazó la aplicación de la normativa contemplada en la ley 27.350 y descarta el planteo de atipicidad de la conducta pretendido por la defensa. Aquí el permiso estatal se utilizó como una mera excusa para enmascarar la empresa ilegal que encabezaba..."
- Disidencias/Mayoría: los magistrados Mancini y Sagretti "se adhirieron en lo sustancial con el voto que lideró la deliberación", por lo que el voto transcripto del Dr. Rodríguez Eggers representa el sentido del acuerdo mayoritario. No se consignan votos en disidencia en el bloque final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar