Legajo Nº 34 - IMPUTADO: RODRIGUEZ, ALEJANDRO DAVID s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
La defensa solicitó la prescripción de la multa de 45 unidades fijas impuesta a Alejandro David Rodríguez en la causa de narcomenudeo. El Tribunal Oral Federal N°4 declaró la extinción por prescripción de la pena de multa y ordenó archivar el legajo de ejecución, considerando cumplido el plazo previsto en el art. 65 CP y lo informado por el Ministerio Público Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa oficial de Alejandro David Rodríguez, DNI 25.981.991, solicitó la prescripción de la pena de multa y el archivo del legajo de ejecución.
Demandado: Legajo de ejecución del condenado Alejandro David Rodríguez (ejecución de sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal N°4).
Objeto: Declaración de la prescripción de la pena de multa de 45 unidades fijas impuesta en la sentencia condenatoria y el archivo del expediente de ejecución.
Decisión: Se declaró la extinción por prescripción de la pena de multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas impuesta a Alejandro David Rodríguez y se ordenó archivar el presente legajo de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"V. En consecuencia, el 9 de septiembre de 2026, el Dr. Martín Bonomi dictaminó que: '...esta Fiscalía considera que, desde la fecha en que la pena adquirió firmeza, 4 de marzo de 2022, ha transcurrido un tiempo que excede al de la pena temporal impuesta, sin que se advierta en autos circunstancia alguna que hubiera suspendido el curso de la prescripción. En consecuencia, computado el plazo de cuatro (4) años y tres (3) meses correspondientes a la pena temporal impuesta, el mismo se cumplió el 4 de junio de 2026. Por lo expuesto, entiendo que debe declararse la prescripción de la pena de multa impuesta a Alejandro David Rodríguez y disponerse el archivo de las presentes actuaciones (cfr. arts. 65 y 66 del Código Penal)'."
"VI. Ahora bien, habiendo adquirido firmeza la sentencia recaída en autos, encontrándose vencida la pena impuesta al nombrado y llegado el momento de resolver considero, de conformidad con lo dictaminado por el representante del Ministerio Púbico Fiscal que, agotada la pena de prisión, habiendo transcurrido holgadamente el plazo previsto en el art. 65, inc. 4° del citado cuerpo legal y, teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 66 del CP, que dispone que 'la prescripción de la pena empezará a correr desde la medianoche del día en que se notificare al reo la sentencia firme', corresponde dar lugar al pedido incoado por la defensa oficial del condenado y declarar la extinción por prescripción de la pena de multa de 45 unidades fijas, impuesta oportunamente a Alejandro David Rodríguez."
"En consecuencia y no restando medidas de cumplimiento, considero que corresponde el archivo del presente legajo de ejecución respecto del nombrado."
- Votos en disidencia: No constan disidencias; la resolución es unísona en el dispositivo final.
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