MUNYO, RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó Ramón Munyo contra ANSeS por recalculo de haberes y pago de diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, declaró la inconstitucionalidad de la Resolución ANSeS 56/2018, de la Resolución SSS 1/2018 y del artículo 3 del DNU 157/2018, revocó lo resuelto respecto del artículo 1 de la ley 27.609 difiriendo su tratamiento para ejecución e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
MUNYO, RAMON.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajuste de haberes previsionales, orden de recalculo del haber y pago de diferencias retroactivas; se debatieron índices de actualización (ISBIC v. RIPTE), tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes, intereses moratorios, y la constitucionalidad de normas (ley 27.609, DNU 157/2018, resoluciones ANSeS 56/2018 y SSS 1/2018).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en los puntos materia de agravio conforme los precedentes “Müller” y “Gottig”; revocó lo resuelto en relación al artículo 1 de la ley 27.609 y difirió su tratamiento para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 y de las resoluciones ANSeS N° 56/2018 y SSS N° 1/2018; impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; y reguló los honorarios de los profesionales ante la alzada en el 30% de lo que se les regule en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018."
"Respecto al tratamiento dado a la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde confirmar lo ordenado en la sentencia sobre el punto de conformidad a los precedentes citados por el juez a quo de Nuestro Máximo Tribunal de Justicia y a los antecedentes dictados por esta Alzada."
"En dicho Acuerdo, por mayoría, se resolvió diferir el tratamiento de la declaración de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución." (referido a la ley 27.609).
"Corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Disidencia relevante: El Dr. Aníbal Pineda expresó su disidencia respecto de la solución propuesta en relación al tratamiento de la movilidad y en cuanto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609, remitiéndose a fundamentos de otros autos; sin embargo, la decisión de la Cámara siguió el acuerdo mayoritario consignado en la parte resolutiva.
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