Incidente Nº 2 - IMPUTADO: CHUNGARA HERRERA, MIGUELINA s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Imputada por contrabando de estupefacientes por introducir 1.075,58 gramos de cocaína en 94 cápsulas en su cavidad abdominal. El Juzgado Federal de Jujuy 1 condenó a Miguelina Chungara Herrera a 4 años y 6 meses de prisión, ordenó la destrucción de la droga, el decomiso de un celular y la expulsión anticipada del país con prohibición de reingreso por razones humanitarias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Unidad Fiscal Federal Jujuy).
Demandado: Miguelina CHUNGARA HERRERA (C.I. Bol. 15.305.813).
Objeto: Investigación y enjuiciamiento por el delito de "Contrabando de importación de estupefacientes agravado por el presunto destino de comercialización" por introducir en la Argentina 94 cápsulas con 1.075,58 gramos de clorhidrato de cocaína.
Decisión: Se tuvo por formulada la acusación y se condenó a Miguelina CHUNGARA HERRERA a la pena de CUATRO (4) años y SEIS (6) meses de PRISIÓN por resultar autora penalmente responsable del delito de “Contrabando de estupefacientes agravado por el presunto destino de comercialización” (arts. 866 2do párr. y 863 Ley 22.415), imponiéndole las costas; se ordenó la destrucción de la sustancia secuestrada, el decomiso del teléfono celular secuestrado y la expulsión anticipada del país con prohibición permanente de reingreso (art. 63 inc. b Ley 25.871). Las partes renunciaron a plazos procesales para recurrir y se instruyó coordinar trámites migratorios para la expulsión.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas):
1) "Que, de acuerdo con lo expuesto, el MPF formula expreso pedido de pena, teniendo en cuenta los parámetros mensurativos de los arts. 40 y 41 del C.P, la naturaleza del hecho descripto, la modalidad de comisión del ilícito investigado, la forma de acondicionamiento del tóxico, oculto en cápsulas en el interior de su organismo, la cantidad y calidad de estupefaciente, las condiciones socio ambientales y económicas de la nombrada, su edad, el momento inicial en que solicitó culminar el caso y el hecho de que no registra antecedentes penales computables, es que el Ministerio Público Fiscal conforme lo dispuesto por el art. 323 C.P.P.F., SOLICITA SE CONDENE a Miguelina CHUNGARA HERRERA a la pena de CUATRO (4) años y SEIS (6) meses de PRISIÓN..."
2) "Que, en cuanto a la modalidad de ejecución de la pena, teniendo presente que la condenada padece de patologías que ponen en riesgo su salud, circunstancia que hace analizar su posición de extranjera migrante ... por lo tanto resulta viable que se proceda a la expulsión anticipada como modalidad sustitutiva de este cumplimiento de pena fundada en razones humanitarias de salud y porque tiene una hija menor de edad en el vecino país."
3) Dispositivo: "I
- TENER por formulada acusación ... II
- CONDENAR ... a la PENA de CUATRO (4) años y SEIS (6) meses de PRISIÓN... III
- ORDENAR la destrucción de la sustancia estupefaciente secuestrada... IV
- ORDENAR el DECOMISO del teléfono celular... V
- ORDENAR ... la EXPULSIÓN ANTICIPADA DEL PAÍS ... con prohibición permanente de reingreso al país..."
- Votos en disidencia: no consta disidencia; la resolución es un pronunciamiento singular del Juez federal de primera instancia.
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