CARRERA, PEDRO ALFREDO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTE DE HABERES
El actor reclamó el reajuste y movilidad de su haber previsional frente a ANSES. La Cámara Federal de Paraná admitió parcialmente el recurso de la demandada, dejó sin efecto el ajuste conforme “Elliff” y la aplicación del ISBIC, ordenó actualizar los aportes en relación de dependencia conforme a las leyes 26.417, 27.426 y 27.609, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Pedro Alfredo Carrera.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste y movilidad del haber previsional (reclamo de recálculo del haber inicial incluyendo aportes como autónomo y en relación de dependencia; inclusión de PBU y su eventual reajuste).
¿Qué se resolvió?
Se admitió parcialmente el recurso de apelación presentado por ANSES; se dejó sin efecto el ajuste del haber inicial conforme al fallo "Elliff" y la aplicación del ISBIC; se declaró que la actualización de los aportes en relación de dependencia debe realizarse conforme las pautas de las leyes 26.417, 27.426, 27.609 y normativa concordante; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas de la presente instancia en el orden causado; no se regularon honorarios para los apoderados de la demandada; se dejó la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Si bien tal fallo refiere a un beneficio otorgado bajo el régimen de la ley 18.038, la doctrina allí sentada resulta aplicable a los beneficios otorgados bajo el régimen de la Ley 24.241, atento la similitud existente entre ambos regímenes en cuanto al modo de determinación del haber inicial, por lo que debe ser mantenida su aplicación en autos, conforme el criterio sustentado por esta Alzada en la causa 'CORONEL, JOSÉ MANUEL C/ ANSES S/ ORDINARIO'."
"Se observa que sus últimas ciento veinte (120) remuneraciones -sujetas a aportes y contribuciones, tomadas para determinar el haber inicial
- son posteriores a febrero de 2009, por lo que no corresponde la aplicación de dicho índice para actualizar sus remuneraciones."
"En consecuencia, se hace lugar al agravio invocado por la accionada, se revoca lo resuelto en la sentencia de grado al respecto y se decide que la actualización del haber inicial de la actora debe realizarse conforme las pautas establecidas en las leyes 26.417, 27.426, 27.609 y concordantes."
"También, corresponde revocar la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 807/16."
Sobre la PBU: "la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió en la causa 'Quiroga' que debe dejarse a resguardo el derecho del beneficiario de reclamar su ajuste al momento de la liquidación... no se observa un agravio serio, cierto y actual, sino que éste se presenta como hipotético y conjetural."
Sobre costas e inconstitucionalidad: "De conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema ... 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' ... corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia en el orden causado..."
- Disidencias: No consta disidencia en el acuerdo final; las Juezas Gómez y Aranguren adhirieron al voto del Dr. Busaniche.
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