PEREZ ACOSTA, YURY JANETH s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización de Yury Janeth Pérez Acosta. El Juzgado Federal de Victoria hizo lugar a la petición y otorgó la ciudadanía argentina por naturalización, disponiendo la prestación del juramento y la entrega de la Carta de ciudadanía, por haberse acreditado los requisitos legales.
¿Quién es el actor?
Yury Janeth Perez Acosta (peticionaria).
¿A quién se demanda?
Estado nacional (trámite de naturalización contra el ordenamiento público; intervino el Ministerio Público Fiscal).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía argentina por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la ciudadanía argentina por naturalización a Yury Janeth Perez Acosta; se ordenó que comparezca a la audiencia para prestar juramento dentro del plazo que fije Secretaría y se le entregue la Carta que acredita su condición de nueva ciudadana argentina; se la apercibe de enrolarse dentro del plazo de un año desde el juramento conforme al art. 36 Ley 20.974; notifíquese y ofíciese a los organismos correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original):
"Que, ahora bien, en mérito a las constancias de autos, surge que la solicitante, Yury Janeth Perez Acosta, es extranjera (cfr. partida de nacimiento), mayor de dieciocho años de edad (cfr. partida de nacimiento), cuenta con dos años de residencia continuos en la República (cfr. certificación de la Dirección Nacional de Migraciones), hizo la manifestación de voluntad ante el juez federal de primera instancia de su domicilio (cfr. solicitud con firma ológrafa, y certificado de vecindad), no registra antecedentes penales (cfr. informe del Registro Nacional de Reincidencia, informe del Departamento Interpol y certificado de buena conducta), así como también cuenta con medios de subsistencia honestos (cfr. informe del organismo recaudador y actas de audiencias testimoniales). Que, asimismo, se encuentran incorporadas las publicaciones de los correspondientes edictos, sin oposiciones de terceros."
"Que, b) Que, luego de ello, se corrió vista de ley al Ministerio Público Fiscal, quien se expidió en sentido favorable al otorgamiento de la carta de ciudadanía solicitada en autos. Que, para así concluir, la Sra. Fiscal Auxiliar de Victoria sostuvo que “…se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la Ley N.º 346 y su Decreto Reglamentario N.º 3213/1984, por lo que corresponde hacer lugar a la solicitud ...”."
"V.
- Que, en consecuencia, Yury Janeth Perez Acosta ha cumplido en los presentes obrados acabadamente con todos los recaudos y exigencias establecidos por el art. 2 inc. 1) y c.c. de la Ley N° 346, sus modificatorias, y las normas reglamentarias."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto; la resolución es del Juzgado Federal de Victoria en los términos indicados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: