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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: VALDEZ CASTRO, JENNIFER ANDREA s/Audiencia de multa (Art. 383)

Solicitud de conversión de multa por trabajo comunitario presentada por la defensora de la condenada Jennifer Andrea Valdez Castro por el no pago de multa de $2.640.000. El Juzgado de Ejecución aprobó que la multa se pague con dos horas semanales de tareas en el CIC del barrio 17 de octubre durante dos años, con acreditación mensual por certificado del CIC.

Multa Defensoria publica Conversion Ejecucion penal Trabajo comunitario 2 anos Acreditacion mensual Cic barrio 17 de octubre $2.640.000 2 horas semanales


¿Quién es el actor?

Jennifer Andrea Valdez Castro, representada por la Dra. Daniela Soledad Sicilia (Defensora Pública Coadyuvante).

¿A quién se demanda?

Ejecución de la pena por incumplimiento del pago de multa por parte del condenado (actuación administrativa ante el Juzgado de Ejecución y Ministerio Público Fiscal interviniente).
- Objeto de la demanda: Conversión del pago de la multa de $2.640.000 en realización de tareas comunitarias por el incumplimiento de pago.

¿Qué se resolvió?

Se aprobó que el monto de la multa sea saldado con dos horas de trabajo semanales en el CIC (Centro Integrador Comunitario) del barrio 17 de octubre por el plazo de dos años a partir del inicio de cumplimiento de las horas, debiendo acreditarse mensualmente mediante certificado expedido por el CIC; se dará traslado de copia de lo resuelto a la OFIJU.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Se inicio la audiencia con la palabra del Juez de Ejecución, quien hizo saber que la presente audiencia es continuidad de la audiencia 31 de agosto respecto al no pago de multa." "La Dra. Sicilia, quien refirió la ajustada situación económica de su asistida, y propuso la conversión de la multa de $2.640.000 a tareas comunitarias a realizar en el CIC (Centro Integrador Comunitario) del barrio 17 de octubre de Caleta Olivia, dijo que mantuvo comunicación con la institución, incluso envió un oficio el cual adjunto el pdf en el legajo de audiencia, que dichas tareas podrían ser entre 2 y 4 horas semanales, puesto que su defendida tiene trabajos informales y debe mantener a su hijo." "Acto seguido, S.S. le da la palabra al Fiscal, quien dijo que está de acuerdo con el cálculo realizado y el tener en cuenta el sueldo que percibe una empleada domestica en la zona, creyó coherente que realice 2 horas por semana durante el pazo de 2 años, que coincide con el plazo de la condena." "En esta instancia el juez de ejecución resolvió aprobar que el monto de la multa sea saldado con dos horas de trabajo semanales el CIC (Centro Integrador Comunitario) del barrio 17 de octubre por el plazo de dos años a partir del día que comience a cumplir las horas semanales, y que deberá acreditar el cumplimiento de manera mensual a través de un certificado que le expida el CIC, para lo cual se hará llegar una copia de lo resuelto en esta audiencia a través de la OFIJU."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el acta; la decisión surge con conformidad de partes y del Fiscal.

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