Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: TOLABA, LUIS CESAR s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 2° PARRAFO DAMNIFICADO: GONZALEZ , LUCIANA SOLEDAD
Recurso de casación de la defensa contra la condena por abuso sexual con acceso carnal de Luis César Tolaba. La Cámara Nacional de Casación rechazó el recurso y confirmó la sentencia impugnada, por entender que la valoración integral de la prueba (declaración de la víctima, testigos, peritaje psicodiagnóstico y secuencia fotográfica) sustenta la convicción condenatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal / Estado (acción penal seguida por la Fiscalía).
Demandado: Luis César Tolaba (imputado).
Objeto: recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia de condena por abuso sexual con acceso carnal (condena a seis años y tres meses de prisión).
Decisión: La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional —Sala 3— rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y, en consecuencia, confirmó la resolución impugnada, con costas (arts. 470 y 471 a contrario sensu, 530 y 531, CPPN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes del voto mayoritario):
1) "En primer lugar, debo decir que el recurso es admisible porque se dirige contra una sentencia de condena (arts. 457 y 459, CPPN) y los agravios fueron debidamente canalizados, conforme lo dispuesto en el art. 456 del código citado. En ese sentido, es decisivo recordar que conforme la doctrina del conocido fallo 'Casal', la tacha de arbitrariedad en la valoración de la prueba determina que se debe agotar la capacidad de revisión de todo aquello que sea 'revisable' en esta instancia, en donde el límite lo traza la percepción directa que los jueces del tribunal de juicio obtienen de la prueba a través de la inmediación, para la determinación de los hechos que acreditan la imputación."
2) "Sobre ello, el juez del caso examinó con detalle el material a disposición y estableció lo siguiente: '…más allá de la verosimilitud del relato de la víctima y la coincidencia de éste con los testimonios de Sagripanti y la oficial preventora, resultan de vital importancia las fotos tomadas por TOLABA, que fueron aportadas por su defensa al expediente y resguardadas en secretaría. ... Todo este cuadro permite inferir que la conducta abusiva descripta por L. S. G. ocurrió puntualmente en este momento, entre las 21:23:21 y las 21:25:23. Ella describió perfectamente que, cuando sucedió, estaba atada con sus extremidades superiores en la cabecera de la cama y con los ojos vendados. Que en esa oportunidad el damnificado le quitó la bombacha, introdujo sus dedos en su conducto vaginal y le acercó su lengua a la vagina.'"
3) "En base a todo lo expuesto, cabe concluir que en la sentencia se ha llevado a cabo una fundada y razonada valoración de la prueba producida durante el debate, que evaluada de manera integral y conjunta, permitió al juez del tribunal a quo tener por corroborado el testimonio de la víctima y descartar la versión brindada por el imputado... En consecuencia, los agravios de la defensa vinculados con este aspecto deben ser rechazados, y la sentencia confirmada..."
- Disidencias: No existen votos en disidencia; los tres magistrados adhirieron al acuerdo (Bruzzone voto extenso, Días adhirió y Jantus se abstuvo por resultar innecesario emitir voto).
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