Logo

Legajo Nº 3 - IMPUTADO: ALCARAZ, JUSTO RAMON s/LEGAJO DE CASACION

Recurso de casación contra la denegatoria de incorporación al régimen preparatorio para la liberación. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Justo Ramón Alcaraz, con costas, y dejó planteada la reserva del caso federal.

Costas Casacion Inadmisibilidad Fundamentacion Reserva de caso federal Camara federal de casacion penal Ejecucion penal Cppn Regimen preparatorio para la liberacion Art. 56 quater ley 24.660

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Justo Ramón Alcaraz, por su defensa pública oficial, en carácter de recurrente en casación. Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín (decisión impugnada), ante la Cámara Federal de Casación Penal. Objeto: recurso de casación contra la resolución del 17 de julio de 2026 que negó la incorporación de Alcaraz al régimen preparatorio para la liberación (art. 56 quater, Ley 24.660). Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Justo Ramón Alcaraz, con costas, y tuvo presente la reserva del caso federal (art. 14 Ley 48). Se ordenó registro, notificación, comunicación y remisión al tribunal de origen por pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "IV. Que, en el sub judice, la parte recurrente no introdujo argumentos ni una crítica razonada que logre conmover la decisión adoptada, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que la jueza de previa intervención consideró relevantes para rechazar el pedido de incorporación al régimen preparatorio para la liberación solicitado por la defensa de Alcaraz." "VI. Sentado cuanto precede, es menester señalar que, para resolver del modo en que lo hizo, la jueza con funciones de ejecución de la pena comenzó por efectuar una reseña de los antecedentes del caso, con un pormenorizado desarrollo del informe emitido por las autoridades penitenciarias y estableció la ley aplicable a la situación de Alcaraz... De tal manera, la judicante consideró pertinente 'efectuar un nuevo análisis de los informes incorporados al incidente a fin de establecer si las razones que fundamentaron el rechazo de la anterior solicitud de incorporación aún subsisten o si corresponde adoptar un criterio diferente'." "Por tanto, conforme surge de las constancias del expediente y la normativa aplicable, son válidos los fundamentos brindados por el tribunal de previa intervención para no incorporar a Alcaraz al Régimen Preparatorio para la Liberación y suficientes para considerar motivado el decisorio impugnado (art. 123 del CPPN). Por lo expuesto, corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Justo Ramón Alcaraz, con costas (artículos 444, 530 y ccds. del CPPN)."
- Votos: El voto principal (Dr. Diego G. Barroetaveña) expuso los antecedentes y las razones para inadmitir; los Dres. Daniel A. Petrone y Alejandro W. Slokar adhirieron (con mención de que, prima facie, correspondería la sustanciación según art. 465 bis en el voto de Slokar, pero sin apartarse de la inadmisibilidad acordada). No consta disidencia mayoritaria.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar