Legajo Nº 56 - IMPUTADO: MORI RAMOS, SARA s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
La defensa de Sara Mori Ramos obtuvo que se haga lugar al recurso de casación sobre la prescripción de la multa impuesta en condena. La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, anuló la resolución recurrida y remitió las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento, ordenando notificar y remitir al tribunal de origen.
- Actor (quién recurre): Defensa de Sara Mori Ramos (Defensor Público Oficial / Defensor Coadyuvante en primera instancia).
- Demandado / parte recurrida: Tribunal de ejecución que rechazó el planteo de prescripción de la multa; interviene el Ministerio Público Fiscal.
- Objeto del reclamo: Impugnación de la decisión que rechazó la prescripción de la pena de multa (45 unidades fijas, equivalente en la sentencia a $315.000) impuesta junto con pena de prisión en la sentencia condenatoria (condena de fecha 3 de abril de 2023).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa de Sara Mori Ramos, sin costas; se anuló la resolución recurrida y se remitieron las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento (arts. 470, 471, 530 y ccds. CPPN). El acuerdo fue firmado por Yacobucci, Ledesma y Slokar con fecha 15/09/2026.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- Del voto del Dr. Guillermo J. Yacobucci (voto que propuso rechazar y quedó en minoría): "La multa cuya prescripción se intenta, es una pena principal impuesta en forma conjunta con la pena de prisión. El art. 5 del código de fondo enumera en forma taxativa las distintas especies de penas y se refiere a la pena de prisión y a la de multa como penas principales, susceptibles de ser aplicadas en forma conjunta, tal como ocurre en el caso... Así, contando el plazo de prescripción de la pena de prisión –y no el de multa, que es menor-, la sanción pecuniaria no está prescripta, atento a que, desde el 11 de agosto de 2023, no ha transcurrido el plazo de cuatro años." (parte del razonamiento del voto disidente).
- Del voto del Dr. Alejandro W. Slokar (mayoría) y adhesión de la Dra. Angela E. Ledesma: "la presentación casatoria debe tener acogida favorable... propicia al acuerdo hacer lugar al recurso interpuesto por la defensa de Sara Mori Ramos, sin costas, anular la resolución recurrida y remitir las actuaciones a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento (arts. 470, 471, 530 y ccds. CPPN)." (votos que integran la mayoría). La Dra. Ledesma añadió: "El artículo 65, inc. 4 del CP, fija con claridad el término de prescripción de la pena de multa, resultando arbitrario la fijación de un plazo mayor y/o diferente al establecido por el Legislador."
Disidencia relevante:
- El Dr. Guillermo J. Yacobucci votó en disidencia, proponiendo rechazar el recurso de casación por entender que, tratándose de penas impuestas conjuntamente, el plazo de prescripción debe computarse de modo conjunto y aplicar el plazo de la pena de prisión (art. 65 inc. 3º del CP).
Citas textuales importantes incluidas arriba; la decisión de la Cámara es la solución mayoritaria (hacer lugar, anular y remitir).
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