Legajo Nº 2 - IMPUTADO: DIAZ, PABLO s/LEGAJO DE CASACION
Recurso de casación contra la denegatoria de incorporación al Régimen Preparatorio para la Liberación (art. 56 quater L. 24.660). La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso, anuló la decisión del juez de ejecución por falta de fundamentación y remitió las actuaciones para que, con informes actualizados y oportuna intervención de las partes, se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
La defensa pública de Pablo Gabriel Díaz (recurrente).
¿A quién se demanda?
Resolución del juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe que negó la incorporación al Régimen Preparatorio para la Liberación (art. 56 quater L. 24.660).
- Objeto de la demanda: Solicitud de incorporación de Pablo Gabriel Díaz al Régimen Preparatorio para la Liberación (art. 56 quater de la Ley 24.660), denegada por el juez de ejecución el 13/04/2026.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas; se anuló la decisión impugnada y se remitieron las actuaciones al tribunal de origen para que, previa incorporación de informes actualizados y oportuna intervención de las partes, se dicte un nuevo pronunciamiento, sin anticipar criterio sobre la materia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
1) "En tales condiciones, el pronunciamiento no satisface acabadamente la exigencia de fundamentación que dimana del art. 123 del rito, lo que impone su descalificación como acto jurisdiccional válido en los términos establecidos por la doctrina del cimero tribunal (Fallos: 314:1366 y 1434; 318:2678; 326:1969; 331:2077, entre otros)."
2) "En efecto; por una parte, repárese que la administración penitenciaria expresamente señaló que el encausado: '…ha podido demostrar una adaptación positiva en las reglamentaciones vigentes, teniendo una buena convivencia en el alojamiento que posee, demostrando una aceptable relación con el personal que presta funciones en esta División, además demuestra interés en la preservación de los elementos provistos y en aquellos que son de uso común dentro del sector de alojamiento asignado. Fortalece los buenos hábitos de higiene aceptables tanto en su persona como en los sectores que ocupa, adquiriendo hábitos de forma responsable para con las actividades diagramadas.' (cfr. acta del Consejo Correccional de la Cárcel Federal de Coronda n° 103/26 del 4/04/2026)."
3) "Así las cosas, se impone hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas, anular la decisión recurrida y remitir las actuaciones a su origen a fin de que, previa incorporación de informes actualizados y oportuna intervención de las partes, se dicte un nuevo pronunciamiento, sin que esto implique anticipar criterio sobre la materia en trato (arts. 471, 530 y ccds. CPPN)."
- Votos: Los tres vocales (Slokar —preopinante—; Yacobucci; Ledesma) coincidieron en la solución; no consta disidencia.
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