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ARDANZ MARIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajuste de su haber previsional y nulidad de resolución administrativa. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó el recálculo del haber y el pago de retroactivos conforme las pautas fijadas y diferenció las cuestiones de inconstitucionalidad para la ejecución.

Intereses Inconstitucionalidad Retroactivos Pbu Reajustes previsionales Prestacion compensatoria Pap Costas. Resolucion anses 56/2018 Tope art. 79 ley 18.037


¿Quién es el actor?

ARDANZ MARIA ELENA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (re-determinación de PBU, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaraciones de inconstitucionalidad de normas (entre ellas arts. de las leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609), y la nulidad de la Resolución ANSES N°56/2018 aplicada al caso. Reclamo de diferencias retroactivas desde 28/05/2023 (dos años anteriores al reclamo administrativo del 28/05/2025).

¿Qué se resolvió?

El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; diferir el tratamiento de determinadas inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; establecer que las sumas favorables deben abonarse íntegramente sin quita (con límites legales establecidos por la CSJN y Resol. 955/08); imponer costas a ANSES; y diferir regulación de honorarios para la ejecución. (Esta síntesis replica lo dispuesto en la parte resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes del decisorio): 1) "Habiendo las partes consentido el llamamiento de autos para sentencia, se encuentran los autos en estado de su dictado." 2) "La fecha de adquisición del derecho del actor es posterior al 1º.3.2009 y en relación al planteo de la falta de actualización del valor de la PBU ... la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios'..." 3) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro'..." 4) "la intervención indebida que lleva a cabo el Poder Ejecutivo Nacional -a través de la ANSeS y de la Secretaría de la Seguridad Social
- al dictar y ratificar la resolución N° 56/2018 ... contradice el art. 14 bis de la Ley Fundamental..." (declara inaplicable la Resolución ANSeS N°56/2018 al reclamo de actualización de remuneraciones del actor). 5) "Corresponde declarar la inconstitucionalidad del tope del artículo 79 de la ley 18.037, en cuanto limita los haberes que percibe la actora al haber máximo de la jubilación, aun en el caso de acumulación de prestaciones de jubilación y pensión." 6) "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el dispositivo final; la resolución es de un/a Juez/a de primera instancia.

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