PEZZOLA DOMINGO JULIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajuste de haber previsional y cuestionamientos constitucionales de normas aplicables. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución administrativa y ordenó recalcular y abonar el haber y retroactivos conforme las pautas fijadas, con diferimiento de ciertas inconstitucionalidades para ejecución.
¿Quién es el actor?
Pezzola Domingo Julio.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (redeterminación de PBU, PC y PAP), aplicación de movilidad, rectificación de la determinación del haber inicial por aportes como autónomo, y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (art. 20 ley 24.241 y otras), así como impugnación por descuentos por Impuesto a las Ganancias. Fechas relevantes: adquisición del derecho 14.08.2018; alta 01.11.2018; reclamo administrativo 29.08.2025; sentencia firmada 15/09/2026.
¿Qué se resolvió?
El juez hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada y ordenó a ANSeS que abone al actor el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; diferir para la ejecución el tratamiento de ciertas inconstitucionalidades; disponer que el haber resultante y sumas a favor sean abonadas íntegramente sin quita y sujetas a los límites porcentuales de las leyes de fondo; imponer costas a ANSeS; y diferir la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones seleccionadas del decisorio):
1) "La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional."
2) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente “Badaro”..."
3) "Resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto ..., no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora."
4) "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios'..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución final proferida es la que aquí se transcribe y prevalece sobre eventuales opiniones o propuestas previas.
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