ORTIGOZA FERNANDO ABEL Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores, personal militar retirado, demandaron para que se incorpore la bonificación por zona austral (Ley 19.485) al haber y suplementos del retiro y el pago de las sumas retroactivas. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda y condenó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina a liquidar las sumas debidas dentro de 60 días, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
ORTIGOZA FERNANDO ABEL, REBOLLO AURORA EDILTRUDIS y VERGARA JUAN MANUEL.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Incorporación del coeficiente de bonificación por zona austral (Ley 19.485, coeficiente 1,40 según DNU 1472/08) al haber mensual de retiro de los actores, incluyéndose no sólo en el código “Haber y Antigüedad” sino también sobre el código “Suplemento Tiempo Mínimo en el Grado”, y pago de sumas retroactivas con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la Caja de Retiros a liquidar en el plazo de 60 días las sumas adeudadas conforme a lo expuesto en los considerandos y a las normas aplicables; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- “Que el art. 1º de la ley 19.485, modificado por el decreto de necesidad y urgencia 1472/08, dispone: '…Establécese el coeficiente de bonificación 1,40 para las jubilaciones, pensiones, pensiones no contributivas, graciables y la pensión honorífica para veteranos de guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur, que se abonan a los beneficiarios que residan en las Provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Carmen de Patagones de la Provincia de Buenos Aires'.”
- “De acuerdo a lo expresado por el Dictamen Técnico Legal N° 116/2015 de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Bonificación por Zona Austral no tiene causa u origen en los aportes efectuados por el afiliado, sino en la política estatal de promoción de la radicación en el territorio patagónico, sin exigencia alguna de que el titular la hubiese percibido durante su vida laboral activa ni que se hubiesen efectuado aportes personales o contribuciones patronales como condición para generar el derecho a su percepción.”
- “En virtud de lo expuesto resulta indudable el derecho de los pretendientes a lograr la incorporación de la bonificación prevista por el art. 1º de la Ley 19.485, por encontrarse comprendidos en una de las zonas delimitadas. Una interpretación en contrario significaría colocarlos en desigualdad de condiciones respecto del resto del sector pasivo beneficiario de ese coeficiente.”
- “Por lo que, en tanto y en cuanto los accionantes acrediten encontrarse domiciliados y mantengan su residencia en la zona geográfica definida por la ley 19.485, tienen derecho a percibir conjuntamente con su prestación de retiro policial, el coeficiente de zona austral, debiendo computarse en el rubro 'Haber y Antigüedad' (Código 001) y los Suplementos Generales previstos en la Ley 21.965 que perciba cada uno de los actores de acuerdo a la conformación de su haber mensual.”
- Sobre prescripción e intereses: “Para el cómputo de la prescripción debe considerarse la fecha de interposición del reclamo administrativo... En relación a los intereses las deudas devengarán el que surja de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina... desde que cada suma fue debida y hasta el efectivo pago.”
- Costas y honorarios: “En cuanto a las costas, corresponde imponerlas a la demandada vencida (art. 68 del CPCCN). ... Diferir la regulación de honorarios para el momento en que se practique liquidación definitiva...”
(No hubo votos en disidencia relevantes consignados en el pronunciamiento.)
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