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GITTO ANTONIO EMILIO Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Acción de personal en actividad y retirados de Gendarmería Nacional contra el Estado por la inconstitucionalidad del DNU 679/97 que elevó aportes previsionales. El Juzgado declaró la inconstitucionalidad del DNU 679/97, ordenó abstenerse de aplicarlo, condenó al Estado a restituir la diferencia del 3% y dejó prescritas las sumas anteriores al 30/09/2022.

Prescripcion Inconstitucionalidad Seguridad social Gendarmeria nacional Devolucion Aportes previsionales Tasa pasiva bcra Caja de retiros Ley 22.788 Dnu 679/97


¿Quién es el actor?

ANTONIO EMILIO GITTO, NESTOR SOLIS y DANIEL ALEJANDRO NAVARRO (personal en actividad y retirados de la Gendarmería Nacional).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Se solicitó declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 679/1997, ordenar el cese del descuento del incremento del aporte previsional (de 8% a 11%) y la devolución de las sumas retenidas por dicho incremento, con intereses.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excepción de falta de legitimación activa; se hizo lugar parcialmente a la excepción de prescripción (declarándose prescriptas las sumas anteriores al 30/09/2022); se hizo lugar a la demanda en cuanto a los petitorios principales; se declaró la inconstitucionalidad del DNU 679/97 y se condenó al Estado demandado a abstenerse de aplicar el descuento por aportes previsto en ese decreto y a restituir a los actores la diferencia de aportes indebidamente efectuados (3%), con intereses conforme la tasa pasiva promedio mensual del BCRA; se ordenó liquidar y pagar las sumas en un plazo de 90 días una vez firme la sentencia; se impusieron las costas a la demandada vencida y se diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): “Que, en este contexto, se advierte que no se encuentran satisfechos los recaudos constitucionales para el dictado del decreto impugnado. En efecto, entre las consideraciones del decreto 679/97 se expresa la necesidad de proveer y asegurar la continuidad e integridad del pago de los haberes de pasividad que la Gendarmería Nacional atiende con recursos de afectación específica provenientes de los aportes del personal establecidos en la ley 22.788, en razón de que el presupuesto asignado a ese fin resultaba insuficiente. ... Que los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia ... En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97.” (Considerando 11º-12º, reproducción literal del fallo) “El art. 99, inc. 3 de la Ley Fundamental establece que el Poder Ejecutivo Nacional no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo, excepto que circunstancias de rigurosa excepcionalidad y urgencia ... hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes...” (Considerando 10º, reproducción literal del fallo) Sobre intereses: “Las sumas resultantes del cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, devengarán un interés equivalente a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta la fecha de su efectivo pago.”
- Votos en disidencia: no se registran votos en disidencia en la resolución; la sentencia es dictada por la Jueza Federal María Gabriela Janeiro y la Parte Resolutiva es la aquí transcripta.

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