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CARDOZO ALDO ARIEL Y OTRO c/ GENDARMERIA NACIONAL Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Acción de personal en actividad de Gendarmería Nacional contra el Decreto 679/97 por incremento del aporte previsional. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, ordenó cesar el descuento del 3% adicional y la restitución de las sumas indebidamente retenidas, con intereses; aplicó prescripción respecto de sumas anteriores al 05/12/2022.

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¿Quién es el actor?

ALDO ARIEL CARDOZO y ROSANA ESTEFANIA SIVILA (personal en actividad de la Gendarmería Nacional).

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional; Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Se reclamó la declaración de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 679/1997, que incrementó el aporte previsional del 8% al 11% (incremento del 3%), se solicitó la cesación del descuento y la devolución de las sumas retenidas por dicho incremento, con intereses.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva; se hizo lugar parcialmente a la excepción de prescripción (se declaró prescripta toda suma anterior al 05/12/2022); se hizo lugar a la demanda de los actores; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, se ordenó a las demandadas abstenerse de aplicar el descuento previsto en el decreto y restituir a los actores las sumas en concepto de diferencia de aportes indebidamente efectuados (3%), con intereses según la tasa pasiva promedio mensual del BCRA, y se condenó en costas a la parte demandada vencida. Se ordenó liquidar las sumas retroactivas dentro de los 90 días de firmeza.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): “Que los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (arg. Fallos: 322:1726). En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97.” (Considerando 12º). “En lo relativo al Decreto 679/97, dispuso el aumento de los aportes a un once por ciento (11 %) sobre el haber mensual y suplementos generales sujetos a aportes, previendo también los distintos supuestos de ascenso contemplados en la norma original, y elevó el porcentaje en igual medida sobre los haberes de retiro.” “Las sumas resultantes del cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, devengarán un interés equivalente a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta la fecha de su efectivo pago.”
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el pronunciamiento consignado; el fallo es dictado por la Sra. Jueza Federal María Gabriela Janeiro y el bloque resolutorio declara la solución adoptada.

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