N., M. E. c/ INSTITUTO NAC DE SERV SOC PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió acción de amparo contra PAMI solicitando cobertura total de Nintedanib y Micofenolato mofetil para tratar fibrosis pulmonar progresiva. El Juzgado hizo lugar al amparo y condenó a PAMI a otorgar en tres días la cobertura integral (100%) de ambos medicamentos conforme la prescripción médica.
¿Quién es el actor?
Sra. M.E.N. (amparista).
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
- Objeto de la demanda: Se reclamó la cobertura integral (100%) de la medicación NINTEDANIB 150 mg (60 cápsulas mensuales, comercial OFEV, Boehringer Ingelheim) y MICOFENOLATO MOFETIL 500 mg (CellCept, Roche) según prescripción del médico tratante, por padecer FIBROSIS PULMONAR PROGRESIVA.
¿Qué se resolvió?
El Juzgado hizo lugar a la acción de amparo y condenó a PAMI a otorgar en el plazo de tres días la cobertura integral (100%) de Nintedanib y Micofenolato mofetil en las dosis prescritas; impuso las costas a la accionada y reguló honorarios de la abogada de la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Que a todo ello debe tenerse especial consideración a lo dictaminado por el Cuerpo Médico Forense en fecha 26.09.2024, quien concluyó en que la medicación peticionada '... entendemos que en patologías como la que padece la amparista, el tratamiento indicado (Micofenolato + Nintedanib) es correcto, procedente y adecuado. En cuanto si hay otras alternativas, entendemos que sí, por ejemplo, la droga Ciclofosfamida, pero su utilización no ha demostrado mayores beneficios ...'."
2) "Que a lo expuesto hasta aquí, considero que con la documentación aportada por la parte actora se encuentra acreditada la necesidad de l amparista de recibir la medicación prescripta por su galeno tratante, en los términos por él expuestos, y a los fines de tratar la enfermedad que lo aqueja."
3) "Por tales circunstancias, corresponderá que PAMI otorgue la cobertura integral (100%) de la medicación objeto de autos en las dosis prescriptas por su galeno tratante a la amparista."
- Razonamiento jurídico esencial: El tribunal reitera la protección constitucional del derecho a la vida y a la salud, la obligación de los agentes del sistema nacional de salud de garantizar prestaciones conforme al PMO y normativas (resoluciones vinculadas a medicamentos de baja incidencia y alto precio), la calidad de afiliada de la actora y la prescripción fundada del médico tratante corroborada por el dictamen del Cuerpo Médico Forense, concluyendo que la negativa de cobertura integral por parte de PAMI constituye arbitrariedad o ilegalidad manifiesta según el art. 43 C.N. (causa habilitante del amparo). No hubo votos en disidencia.
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