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Incidente Nº 1 - ACTOR: FILEL SA (TF 20063350-I) DEMANDADO: DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/BENEF. DE LITIGAR S/G

Filel SA solicitó el beneficio de litigar sin gastos frente a la Dirección General Impositiva. La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución que denegó el beneficio, imponiendo el pago de la tasa de actuación con costas y fijando honorarios por 2,5 UMA ($260.550).

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¿Quién es el actor?

FILEL SA.

¿A quién se demanda?

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA (Fisco Nacional / AFIP-DGI).
- Objeto de la demanda: Incidente por beneficio de litigar sin gastos y oposición a la intimación para pago de la tasa de actuación por $4.266.563,81 (más intereses).

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por FILEL SA y confirmó la resolución de fecha 15/04/2026 que denegó el beneficio de litigar sin gastos y la intimación de pago de la tasa de actuación; impuso costas a la parte actora, fijó los honorarios de la apoderada del Fisco en 2,5 UMA (equivalentes a $260.550) y ordenó medidas administrativas relativas al pago del bono por derecho fijo por parte de los letrados y a la liquidación de la tasa adeudada por FILEL SA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En este orden de ideas, en tanto constituye un privilegio de carácter excepcional, su concesión ha de valorarse en forma restrictiva, lo que determina que la ausencia de recursos económicos que imposibiliten el pago de los costos causídicos deba ser demostrada en forma fehaciente, carga que le incumbe al peticionante (conf. art. 79, ap. 2do. del Código Procesal; ...)." "Su finalidad última es asegurar el acceso efectivo a la jurisdicción por parte de quienes se encuentren en una situación económica que les impida afrontar los gastos necesarios para ejercer su derecho a litigar, debiendo extremarse el rigor en su análisis cuando el solicitante es una persona jurídica con fines de lucro, a fin de evitar que la franquicia se transforme en un privilegio indebido o en un mecanismo para trasladar al Estado y a la contraparte los riesgos propios de la actividad empresarial ..." "Por todo ello, no se verifica que la sociedad se encuentre imposibilitada de obtener préstamos o de recibir aportes de sus socios o enajenar algún bien para abonar la tasa de actuación determinada en $ 4.266.563,81, más intereses hasta su efectivo pago."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia relevantes; la parte resolutiva expresa la decisión de la mayoría.

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