Logo

BCRA - RESOL 181/07 c/ BERARDO JORGE LUIS s/PROCESO DE EJECUCION

Apelación del BCRA contra el auto que declaró extinguida la acción y ordenó el levantamiento del embargo por $268.992,07. La Cámara declaró mal concedida la apelación del BCRA y rechazó su pretensión por no superar el monto mínimo de apelabilidad, con costas por su orden.

Apelacion Inadmisibilidad Bcra Monto minimo de apelabilidad Articulo 242 cpccn Costas por su orden Camara contencioso administrativo federal Levantamiento de embargo Acordada csjn 10/2024 Berardo


¿Quién es el actor?

Jorge Luis Berardo (parte que solicitó se declare extinguida la acción y el levantamiento del embargo).
- Demandado/Recurrente: Banco Central de la República Argentina (BCRA), que interpuso recurso de apelación contra la resolución del 2/7/2026.
- Objeto de la demanda / cuestión apelada: impugnación por el BCRA de la resolución de primera instancia que admitió el planteo de Berardo, declaró extinguida la acción tendiente al cobro de las sumas reclamadas y ordenó el levantamiento del embargo por la suma de $268.992,07.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró mal concedida la apelación intentada por el BCRA contra la resolución del 2/7/2026 y dispuso costas de esta instancia, relativas a la incidencia bajo examen, por su orden; ordenó registrarse, notificarse y girarse la causa a la instancia de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Que, examinados los antecedentes del caso, se advierte que la pretensión incidental que motivo el recurso bajo examen (esto es, la suma de $268.992,07, por la cual, oportunamente, se trabó embargo y cuyo levantamiento ordenó el juez de grado por el auto recurrido), no supera el mínimo legal establecido conforme al mencionado artículo 242 del CPCCN, según la adecuación dispuesta por acordada CSJN 10/2024; lo que torna inadmisible la apelación deducida." "Al efecto, debe dejarse sentado que el monto de apelabilidad que ha de considerarse en la especie, resulta ser el correspondiente a la fecha en que el señor Berardo solicitó que se declarara la prescripción de la acción seguida en autos y, en consecuencia, se levantara el embargo trabado (esto es, al 4/2/2025), toda vez que tal pedido comporta una nueva pretensión y, a partir de allí, se inicia un nuevo estado procesal." "Por consiguiente, tomando debida razón del monto mínimo de apelabilidad fijado por acordada CSJN 10/2024, según lo dispuesto en el artículo 242 del CPCCN, corresponde declarar mal concedido el recurso deducido por el BCRA."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión se adopta por el Tribunal conforme al texto transcripto.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar