ALEGRE, JUAN HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios y recalculo del haber, reclamando el reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) y otras cuestiones conexas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, ordenó el reajuste de la PBU, revocó lo resuelto sobre la movilidad del haber y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
ALEGRE, Juan Héctor.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios — petición de recálculo del haber y pago de diferencias retroactivas, con especial atención al reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), la movilidad del haber, la aplicación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, ordenó el reajuste de la PBU (ver considerando 3°), revocó lo ordenado respecto de la movilidad del haber (considerando 4°), declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; además regularizó honorarios profesionales (alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"3°) Respecto a las quejas referidas al recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde señalar que de los cálculos acompañados, el análisis de la confiscatoriedad por la falta de actualización de la PBU es superior al 15% -de conformidad con las pautas establecidas en los precedentes de la CSJN en “Quiroga” y “Actis Caporale”, siendo las pautas y el método aplicado a los fines de determinar ello, los establecidos por esta Sala “B” en autos “MARCONI, Carlos Raúl c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, expte N° FRO 16468/2023/CA1, Acuerdo del 29/05/2025 y “AMAT, Juan Alberto c/ ANSES s/ Ejecución previsional”, expte. nro. FRO 53000221/2007, Acuerdo del 10/11/2020, por lo que corresponde hacer lugar a lo peticionado por la parte actora y ordenar su reajuste."
"4°) En cuanto al agravio de la parte actora sobre la movilidad, cabe señalar que le asiste razón ya que del escrito de la demanda interpuesta no surge que haya sido objeto de reclamo, por lo que corresponde receptar la crítica y revocar la sentencia apelada en este punto."
"6°) Ahora bien, sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 10 de septiembre 2020 y “Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 17 de septiembre 2020..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; las tres vocales (Vidal, Andalaf Casiello y Pineda) coincidieron en lo esencial y el acuerdo recoge la decisión mayoritaria.
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