AYALA, ALICIA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora promovió acción contra la ANSeS por reajustes por movilidad de haberes previsionales. La Cámara Federal de Rosario, Sala B, rechazó la demanda y declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas en ambas instancias y regulando honorarios al 30% de lo que se fije en primera instancia.
¿Quién es el actor?
Alicia Graciela Ayala.
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes por movilidad de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de normas que suspendieron la movilidad (art. 55 ley 27.541, DNU/Decretos y normativa conexa), con petición de intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la demanda interpuesta por Alicia Graciela Ayala; declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU N° 157/2018; impuso las costas de ambas instancias por su orden conforme al art. 36 de la ley 27.423; y reguló los honorarios de los profesionales de la Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
"I) Rechazar la demanda promovida Alicia Graciela Ayala, conforme los fundamentos expuestos en los antecedentes 'MULLER', 'GOTTIG', 'SPITALE' y 'FERNANDEZ PASTOR' mencionados."
"II) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU N° 157/2018 e imponer las costas de ambas instancia por su orden conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
En el cuerpo del voto mayoritario se expone: "nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados 'MULLER, ALEJANDRO REINALDO c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTE DE HABERES' ... y 'GOTTIG, José María c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS' ... debiendo rechazarse el agravio y movilizar el haber conforme las pautas allí dispuestas."
Sobre intereses: "corresponde su rechazo toda vez que nuestro Máximo Tribunal en la causa 'SPITALE, Josefa Elida c/ ANSES' ... sentó que: '… la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina es adecuadamente satisfactoria del menoscabo patrimonial sufrido por la demandante, en el marco de la índole previsional de la relación jurídica en examen…'."
Sobre la modificación de posiciones anteriores y adaptación a la Corte Suprema: "pese al criterio sostenido por ambas salas ... y en el entendimiento que debemos conformar nuestras decisiones a la jurisprudencia de nuestro máximo tribunal ... corresponde modificar la postura sostenida en los Acuerdos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426."
- Disidencia: El Dr. Aníbal Pineda expresó disidencia respecto de la solución propuesta sobre el tratamiento de la movilidad respecto de la ley 27.426 (remitiendo a fundamentos en autos "MORAS, Camilo Ángel...") y sostuvo que las costas correspondía imponérselas a la demandada sustancialmente vencida. En lo demás adhirió al voto de las vocales preopinantes. (Se aclara que dicha postura quedó en disidencia parcial y no integra la decisión final de la Cámara.)
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