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PALMERO, ANALIA INES c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora demandó a ANSES por reajuste de haber previsional y pago de diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó parcialmente la sentencia apelada, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios ante la alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.

Costas Honorarios Inconstitucionalidad Anses Reajuste de haberes Sentencia confirmatoria parcial Movilidad previsional Ley 27.423 Ley 27.426 Dnu 157/2018


¿Quién es el actor?

PALMERO, ANALIA INES.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales y pago de diferencias retroactivas; impugnación de medidas de movilidad y normas decretadas (entre ellas DNU 157/2018 y normas vinculadas a la ley 27.541 y 27.609).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto fue objeto de agravios; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018; impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme al artículo 36 de la ley 27.423; y reguló los honorarios de los profesionales ante la alzada en el 30% de lo que se les regule en primera instancia. Se ordenó asimismo la devolución de autos al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textos reproducidos tal cual aparecen en la sentencia): "Confirma parcialmente la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios, conforme lo aquí expuesto y en los precedentes 'Müller' y 'Gottig' conforme lo establecido en el considerando 6°)." "Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423." "Regular los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia a los profesionales de la parte."
- Fundamentos desarrollados relevantes (extractos): Las vocales preopinantes sostuvieron la validez de la actualización conforme al artículo 3 de la ley 27.426 atendida la fecha de adquisición del beneficio y rechazaron el agravio sobre la elección del índice: "la sentencia apelada ordenó que se actualicen conforme el índice establecido en el artículo 3 de la ley 27.426, lo que cabe confirmar atento la fecha de adquisición del beneficio." Sobre la ley 27.541 y decretos del PEN, y la movilidad suspendida, se remitieron a los precedentes de la Sala B: "debidiendo admitirse el agravio y movilizar el haber previsional conforme las pautas allí establecidas" (citas a Müller y Gottig, consider. 6°). En relación a las costas de esta instancia señalaron: "corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Disidencia relevante: El Dr. Aníbal Pineda expresó disidencia respecto de la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 (se remitió a su voto en autos "MAS, MABEL GLADIS..."), pero adhirió a las demás soluciones de las vocales. Esa posición quedó en disidencia respecto del punto indicado y no integró la solución mayoritaria sobre la declaración de inconstitucionalidad del DNU 157/2018.

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