TEGASIO, CARMEN BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por reajuste de haberes y recálculo del haber inicial. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, ordenó recalcular el haber inicial considerando las últimas sesenta remuneraciones y rentas autónomas (doctrina Vergara) y declaró inconstitucionales normas de ANSeS y el art. 3 del DNU 157/2018.
¿Quién es el actor?
TEGASIO, CARMEN BEATRIZ (actora/peticionante).
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes de haberes; pedido de recálculo del haber inicial con consideración mixta de aportes dependientes y autónomos, liquidación de diferencias retroactivas y regularización de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, ordenó que para el cálculo del haber inicial se consideren las últimas sesenta remuneraciones percibidas y actualizadas hasta el otorgamiento del beneficio y las rentas autónomas que posee (aplicando la doctrina del fallo Vergara), declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018 y del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas de la instancia a la demandada sustancialmente vencida y reguló los honorarios de alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (fragmentos textuales relevantes de la sentencia):
“Que por tal razón, encuadrar el caso en las disposiciones del artículo 97 citado, lleva a prescindir de aportes muy superiores a los empleados para calcular el haber inicial…”.
“De ese modo, en el cómputo quedarán incluidas las últimas sesenta remuneraciones percibidas en relación de dependencia -actualizadas hasta la fecha del fallecimiento
- y las últimas sesenta rentas de autónomo para que, de este modo, la prestación represente en forma proporcional el esfuerzo contributivo realizado”.
“En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018.”
“Corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida, conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423…”.
- Disidencias: No consta voto en disidencia; los vocales coincidieron en lo sustancial y el Acuerdo integra la decisión.
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