MENDOZA, SUSANA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a la ANSeS solicitando reajustes y diferencias retroactivas de su haber previsional. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó los pronunciamientos relativos a normas que no fueron objeto del reclamo y mantuvo la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
MENDOZA, SUSANA BEATRIZ (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes y pago de diferencias retroactivas en el haber previsional; se cuestionaron diversas normas y se solicitó, entre otros, la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 y del DNU 157/2018.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, Sala B, resolvió confirmar parcialmente la sentencia apelada en los términos del considerando 2°, revocar lo ordenado respecto de los puntos señalados en el considerando 3°, mantener la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU nro. 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; además reguló los honorarios de la Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. (Esta síntesis corresponde al dispositivo transcripto en la Parte Resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"2°) En relación con la pretensión de que se declare la inconstitucionalidad del artículo 3 de la ley 27.426, cabe señalar que el actor accedió al beneficio previsional durante la vigencia de la ley 27.609, razón por la cual dicha norma no resulta aplicable al caso, sino esta última. En consecuencia, corresponde rechazar el agravio y modificar la sentencia en este punto."
"3°) En cuanto al agravio de la parte actora sobre inconstitucionalidad de la ley 27.609, del art. 7° de la ley 24.463, art. 11 de la ley 24.463, del art. 32 de la ley 24.241, del art. 2 de la Ley 27426 y la res. 833/97, cabe señalar que del escrito de la demanda interpuesto surge que no fueron objeto de reclamo, por lo que corresponde hacer lugar al agravio y revocar la sentencia en estos puntos."
"4°) En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo', expte. N° FCR 21049166/2011/CS001, mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde mantener la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el dispositivo final; la Parte Resolutiva expresa la decisión de la mayoría.
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